SAP Cuenca 200/2005, 5 de Octubre de 2005
Ponente | LEOPOLDO PUENTE SEGURA |
ECLI | ES:APCU:2005:337 |
Número de Recurso | 189/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 200/2005 |
Fecha de Resolución | 5 de Octubre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cuenca, Sección 1ª |
MARIA VICTORIA OREA ALBARESFERNANDO DE LA FUENTE HONRUBIA LEOPOLDO PUENTE SEGURA
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
CUENCA
SENTENCIA: 00200/2005
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
CUENCA
Apelación civil
Juzgado de Primera Instancia núm. 1
de Cuenca.
Juicio Ordinario núm. 413/2004
Rollo núm. 189/2005
Ilmos Sres:
Presidente (Actal):
Sr. Leopoldo Puente Segura
Magistrados:
Sra. Orea Albares
Sr. de la Fuente Honrubia
S E N T E N C I A NUM. 200/2005
En la ciudad de Cuenca, a cinco de octubre del año dos mil cinco.
Vistos en trámite de recurso de apelación los autos de juicio ordinario número 413/2004, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número uno de los de Cuenca y su partido, sobre reclamación de cantidad, promovidos a instancia de la entidad mercantil NANTA, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Rosa María Torrecilla López y asistida técnicamente por la Letrada Doña Dolores Pérez Pinazo; contra la también entidad mercantil PIENSOS JUSTO, S.L., representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Susana Melero de la Osa y asistida técnicamente por el Letrado Don José Andrés Cuevas Morante; en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de la parte actora, contra la sentencia dictada en primera instancia, de fecha nueve de mayo del presente año; habiendo sido ponente el Ilmo. Sr. Don Leopoldo Puente Segura.
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I
En los autos indicados al margen se dictó sentencia de fecha nueve de mayo del presente año, por el Juzgado de Primera Instancia número uno de los de Cuenca y su partido, en cuya parte dispositiva se establecía: "Desestimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Sra. Torrecilla López en nombre y representación de Nanta, S.A. contra Piensos Justo, S.L. debo absolver y absuelvo a esta última de los pedimentos contra ella formulados con expresa condena en costas a la parte demandante".
II
Contra la anterior sentencia se preparo y después interpuso por la representación procesal de la parte actora, recurso de apelación en tiempo y forma, recurso que fue admitido a medio de providencia de fecha veintitrés de junio del presente año, dándose traslado del mismo a la parte contraria para que pudiera presentar escrito de oposición al recurso o impugnar la sentencia en aquellos extremos que pudieran resultarles desfavorables.
III
Con fecha siete de julio del presente año, Doña Susana Melero de la Osa, Procuradora de los Tribunales y de la parte demandada en este procedimiento, presentó escrito oponiéndose al recurso de apelación interpuesto de contrario, en los términos que en el mismo se contienen.
IVIVIVIV
Recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial, con fecha veinticinco de julio del presente año, se procedió a formar el correspondiente rollo, asignándosele el número del margen, turnándose ponencia y habiéndose cumplido la totalidad de las previsiones legales, sin que se estimara necesaria la celebración de vista, y señalándose para que tuviera lugar la correspondiente deliberación, votación y fallo el siguiente día cinco de octubre del presente año.
No se aceptan los que se contienen en la resolución recurrida.
I
Pocos argumentos serán necesarios para abordar la cuestión que se somete ahora a debate ante la, a nuestro juicio, extrema simplicidad de la misma. Por paradójico que ello resulte, en los razonamientos jurídicos que se contienen en la sentencia impugnada se hallan expuestas claramente...
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