SAP Jaén 311/2002, 4 de Noviembre de 2002
Ponente | JOSE CALIZ COVALEDA |
ECLI | ES:APJ:2002:1467 |
Número de Recurso | 300/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 311/2002 |
Fecha de Resolución | 4 de Noviembre de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Jaén, Sección 3ª |
SENTENCIA Núm. 311/02
Iltmos. Sres.:
Presidente
D. JOSÉ CÁLIZ COVALEDA
Magistrados
Dª. LOURDES MOLINA ROMERO
D. JESUS MARIA PASSOLAS MORALES
En la Ciudad de Jaén, a Cuatro de Noviembre de dos mil dos.-Vistos en grado de apelación, por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio Ordinario, seguidos en primera instancia con el núm. 85 del año 2002, por el Juzgado de Primera Instancia Número Uno de Jaén, rollo de apelación de esta Audiencia núm. 300/2002 a instancia de Dª. Inés , representada en la instancia por el Procurador de los Tribunales D. Cipriano Mediano Aponte y defendido por el Letrado D. Manuel Carcelén Barba, contra D. Cornelio , Dª. Remedios y Dª. María Rosa , representados en la instancia los dos primeros por la Procuradora de los Tribunales Dª. Elena Arcos Quesada y defendidos por el Letrado D. Juan Antonio Fernández Bonilla, y la última en situación procesal de rebeldía.
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia Número Uno de Jaén, con fecha 08 de Julio de 2002, aclarado por Auto de fecha 12 de Julio de 2002.
Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Sentencia que contiene el siguiente Fallo: "Que estimando la demanda presentada en representación de Dª Inés contra D. Cornelio , Dª Remedios y Dª María Rosa debo condenar y condeno a éstos a abonar a la actora la cantidad de 10.020'24 euros, más de 240'89 euros e intereses legales del dinero desde la fecha de vencimiento de silos pagarés hasta la fecha de sentencia, e intereses procesales desde la presente resolución hasta su completo pago; todo ello con imposición a los demandados de las costas derivadas de la demanda.
Que estimando la reconvención presentada por D. Cornelio y Dª Remedios contra Dª Inés debo condenar y condeno a ésta a realizar el total de las obras y trabajos necesarios para la reparación de losdaños, desperfectos y quebrantos reflejados en los fundamentos de esta resolución conforme al informe pericial elaborado en autos (a excepción del saneamiento de red eléctrica y fontanería), incluidos los honorarios de los facultativos que intervengan en la dirección de ejecución de las obras de reparación, permisos, licencias municipales y cualesquiera otros que se produzcan o devenguen; ejecutándose a su costas en caso de no verificarlo voluntariamente. Todo ello con imposición a la reconvenida de las costas derivadas de la reconvención".
En fecha 12 de Julio de 2002 se dictó Auto sobre aclaración de dicha Sentencia en cuya parte dispositiva se hace constar "que debía aclarar y aclaraba la Sentencia con fecha de 8/02, en los Autos de juicio ordinario n° 85/02 en el sentido consignado en los razonamientos jurídicos".
Contra dicha Sentencia se preparó e interpuso por Dª. Inés , en tiempo y forma, Recurso de Apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia Número Uno de Jaén, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su Recurso.
Dado traslado a las demás partes del escrito de Apelación, se presentó escrito de oposición al Recurso por D. Cornelio y Dª. Remedios ; remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, turnadas que fueron, correspondieron a ésta Sección, en la que se formó el rollo correspondiente, y al no haberse practicado prueba, ni celebrado vista se declararon conclusas las actuaciones para dictar la Resolución procedente.
Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente Recurso el día referido en los Autos, en que efectivamente tuvo lugar.
En la tramitación de este Recurso se han observado las formalidades legales.
Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. JOSÉ CÁLIZ COVALEDA, que expresa el parecer de la Sala.
ACEPTANDO los Fundamentos de Derecho de la Resolución impugnada.
Que limitándonos a la resolución de las cuestiones planteadas por la parte apelante en su escrito de recurso, apoyándose en ellas para postular la revocación de la Sentencia apelada, y comenzando al respecto por el primer motivo del recurso formulado por la actora, única parte apelante, por esta se adujo que la impugnación de la Sentencia viene únicamente dirigida a combatir los pronunciamientos condenatorios contra la misma que suponen una estimación parcial de la reconvención (sic). Combatiendo en primer lugar el pronunciamiento por el que se le condena a la...
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