SAP Jaén 79/2007, 30 de Marzo de 2007
Ponente | MARIA LOURDES MOLINA ROMERO |
ECLI | ES:APJ:2007:507 |
Número de Recurso | 54/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 79/2007 |
Fecha de Resolución | 30 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Jaén, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN
SECCIÓN TERCERA
S E N T E N C I A Núm. 79/07
Iltmos. Sres.:
Presidente
D. JOSÉ CÁLIZ COVALEDA
Magistrados
Dª. LOURDES MOLINA ROMERO
D. JESÚS MARÍA PASSOLAS MORALES
En la Ciudad de Jaén, a treinta de Marzo dos mil siete.-
Vistos en grado de Apelación, por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, los Autos de Juicio Ordinario, seguidos en Primera Instancia con el núm. 9/06, por el Juzgado de Primera Instancia Número Uno de Jaén, Rollo de Apelación de esta Audiencia núm. 54/07, a instancia de D. Eugenio, representado en ambas instancias por la Procuradora de los Tribunales Sra. Saavedra Pérez, y defendido por el Letrado Sr. López Fernández, contra SERGA S.A. representado en ambas instancia por la Procuradora de los Tribunales Sra. Cátedra Fernández, y defendido por el Letrado Sr. Navarro Quero.
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia Apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia Número Uno de Jaén, con fecha 11 de Julio de 2006.
Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Sentencia que contiene el siguiente Fallo: "Que estimando parcialmente la demanda presentada debo condenar y condeno a Serga S.A. a que abone a Eugenio la cantidad de 3.294,86 € más los intereses legales devengados desde la interposición de la demanda.
Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".
Contra dicha Sentencia se preparó e interpuso por SERGA S.A, en tiempo y forma, Recurso de Apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia Número Uno de Jaén, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su Recurso en el error en la apreciación de la prueba, solicitando la revocación de la sentencia conforme a sus pretensiones.
Dado traslado a las demás partes del escrito de Apelación, se presentó escrito de oposición interesando la confirmación de la sentencia; remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, turnadas que fueron, correspondieron a ésta Sección, en la que se formó el Rollo correspondiente, y al no haberse practicado prueba, ni celebrado vista se declararon conclusas las actuaciones para dictar la Resolución procedente.
Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente Recurso el día referido en los Autos, en que efectivamente tuvo lugar.
En la tramitación de este Recurso se han observado las formalidades legales.
Siendo Ponente la Magistrada Iltma. Sra. Dª. LOURDES MOLINA ROMERO, que expresa el parecer de la Sala.
ACEPTANDO los Fundamentos de Derecho de la Resolución impugnada.
La entidad demandada se opuso a la sentencia para sostener las mismas pretensiones deducidas en la instancia, alegando el error en la apreciación de la prueba. Se desestimarán sus pedimentos por los motivos que pasamos a exponer.
La demanda que dio origen al procedimiento invocaba la Ley General para la Protección de los Consumidores y Usuarios, en reclamación del importe de dos facturas de reparación del Opel Astra, matricula.... MWB que el actor compró a Serga S.A. el 29 de Julio de 2004.
La demandada se opuso a la pretensión, aduciendo que la reparación de los desperfectos que reclamaba estaban excluidos de la garantía del vehículo porque venían motivados por el golpe frontal que tuvo aquel.
La sentencia estimó parcialmente la demanda, y contra esta resolución se interpuso el recurso que nos ocupa, insistiendo la entidad demandada en las alegaciones anteriormente indicadas.
Pero como quiera que se ha planteado la inadmisión del...
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