SAP Sevilla 287/2013, 17 de Junio de 2013
Ponente | VICTOR JESUS NIETO MATAS |
ECLI | ES:APSE:2013:2742 |
Número de Recurso | 4551/2013 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 287/2013 |
Fecha de Resolución | 17 de Junio de 2013 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 8ª |
1 Jv13-4551
AUDIENCIA PROVINCIAL. Sección 8ª SEVILLA
Prado de San Sebastián, s.n.
Proc. Origen: Juicio Verbal número 38/12
Juzgado: de Primera Instancia número 21 de Sevilla
Rollo de Apelación: 4551/13-A
SENTENCIA Nº
En Sevilla, a diecisiete de junio de dos mil trece.
El Ilustrísimo Sr. Magistrado D. VICTOR NIETO MATAS de la Sección 8ª de la Ilustrísima Audiencia Provincial de esta Capital, ha visto en trámite de apelación los presentes autos de carácter civil tramitados como procedimiento de Juicio Verbal de reclamación de cantidad, con el número 38/12 por el Juzgado de Primera Instancia número 21 de Sevilla, todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación de DIVATTO MOBILIARI S.L. contra la Sentencia dictada por el Juzgado referido en fecha 29/10/12 .
Por el Juzgado de Primera Instancia número 21 de Sevilla y en los autos de Juicio Verbal Nº 38/12, se dictó Sentencia con fecha del 29/10/12, que contiene el siguiente
FALLO
Que con estimación plena de la demanda promovida por Dª Africa contra DIVATTO MOBILIARI SL, debo declarar y declaro la resolución del contrato de compraventa suscrito por las partes sobre el sofá objeto de fecha 9 de diciembre de 2009, condenado al demandado a estar y pasar por esta declaración y en consecuencia a que proceda a retirar a su costa el sofá defectuoso del domicilio de la demandante y a la devolución de la cantidad de 3.645 euros, con los intereses legales establecidos en el fundamento de derecho penúltimo, todo ello con imposición al demandado del pago de las costas procesales causadas.
Notificada a las partes la resolución de referencia, se interpuso contra ella recurso de apelación, dándose traslado del mismo a las partes, siendo a continuación remitidos los autos ante este Tribunal, quedando en la mesa del Ilmo. Sr. Magistrado D. VICTOR NIETO MATAS, para su resolución.
En la tramitación de este recurso se han observado los trámites y formalidades legales.
Lejos de proceder a su sustitución rápida la entidad ahora recurrente manifestó al adquirente del sofá deteriorado que no entregara en el contrato un sofá de cortesía durante el tiempo de la reparación y aún a pesar de ello pretende que el transcurso de ese tiempo era imputable a la conducta del...
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