DECRETO 46/2009, de 16 de julio, por el que se regula la composición de la Junta Rectora del Parque Natural de Hoces del Alto Ebro y Rudrón (Burgos

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto
  1. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE DECRETO 46/2009, de 16 de julio, por el que se regula la composición de la Junta Rectora del Parque Natural de Hoces del Alto Ebro y Rudrón (Burgos).

La Ley 8/1991, de 10 de mayo de Espacios Naturales de la Comunidad de Castilla y León, establece en su artículo 40 que los Espacios Naturales Protegidos dispondrán de un órgano asesor propio, denominado Junta Rectora, adscrito a la Consejería de Medio Ambiente.

En dicho artículo se determinan las funciones de la Junta Rectora, remitiendo su composición al posterior desarrollo reglamentario, si bien establece unos representantes mínimos.

Por otra parte, la Ley 15/2008, de 18 de diciembre, de Declaración del Parque Natural de Hoces del Alto Ebro y Rudrón (Burgos), en su Disposición Final Segunda , establece la obligación de regular la composición y constitución de la Junta Rectora del Parque Natural, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40 de la citada Ley 8/1991.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 16 de julio de 2009

DISPONE

Artículo 1 Finalidad.

El presente Decreto tiene por objeto la regulación de la composición de la Junta Rectora del Parque Natural Hoces del Alto Ebro y Rudrón, en la provincia de Burgos.

Artículo 2 Composición.
  1. La Junta Rectora estará integrada por los siguientes miembros:

    Presidente: El Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en Burgos.

    Vicepresidente: El Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos.

    Vocales:

    1. El Director-Conservador del Parque Natural, que ejercerá como ponente.

    2. El Jefe del Servicio Territorial de Fomento de Burgos.

    3. El Jefe del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de Burgos.

    4. El Jefe del Servicio Territorial de Cultura de Burgos.

    5. El Jefe del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Burgos.

    6. El Presidente de la Diputación de Burgos o Diputado en quien delegue.

    7. El Jefe de la Unidad de Ordenación y Mejora del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos.

    8. Tres técnicos del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos, designados por el Presidente de la Junta Rectora de entre aquellos con competencia en las materias relacionadas con la gestión del Parque Natural o su territorio.

    9. Un representante de la Dirección General del Medio Natural, designado por el Director General del Medio Natural.

    10. Un representante de la Administración General del Estado, designado por ella misma.

    11. Un representante de la Confederación Hidrográfica del Ebro, nombrado por ella misma.

    12. Un representante de la Universidad de Burgos, designado por ella misma.

      m)Dos representantes de cada uno de los siguientes ocho ayuntamientos: Los Altos, Basconcillos del Tozo, Tubilla del Agua, Valle de Valdebezana, Valle de Manzanedo, Sargentes de la Lora, Valle de Sedano y Valle de Zamanzas, designados por ellos mismos.

    13. Un representante del Ayuntamiento de Alfoz de Bricia, elegido por el mismo.

    14. Un representante de la Unión Regional de Cooperativas Agrarias de Castilla y León (URCACyL) con sede en el área del Parque Natural, designado por dicha entidad.

    15. Un representante de las Organizaciones Profesionales Agrarias, designado por la Organización Profesional Agraria más representativa de la...

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