STSJ Comunidad Valenciana , 13 de Octubre de 2005

PonenteRAFAEL SALVADOR MANZANA LAGUARDA
ECLIES:TSJCV:2005:5929
Número de Recurso1503/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilmos. Sres: !

Presidente: !

D. MARIANO FERRANDO MARZAL Magistrados: !

D. JUAN CLIMENT BARBERA D. RAFAEL S. MANZANA LAGUARDA SENTENCIA NUMERO 1139/05

En la Ciudad de Valencia, a trece de Octubre de dos mil cinco.- VISTO, por la Sección Segunda de este Tribunal, el presente Recurso Contencioso- Administrativo num. 1503/03, promovido por D. Jose Antonio , contra la Resolución de la Dirección General de Policía del Ministerio del Interior, de 8/Julio/03, que desestima su petición de abono del complemento de productividad durante el periodo de realización del curso de ascenso a Comisario, en el que han sido partes, el actor, en su propio nombre y derecho, y como demandada, la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, a través del Sr. Abogado del Estado; ha pronunciado la presente Sentencia.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL S. MANZANA LAGUARDA .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el Recurso y seguidos los trámites previstos en la Ley, se emplazó a la parte demandante al objeto de que formalizara su escrito de demanda, lo que verificó en tiempo y forma, solicitando se dictara Sentencia anulando por no ser ajustado a derecho el acto recurrido.

SEGUNDO

Por la parte demandada se contestó a la demanda mediante escrito en el que se solicitó la desestimación del recurso y la confirmación íntegra de las resoluciones objeto del mismo, por estimarlas ajustadas a derecho.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba, se practicó la propuesta por las partes que resultó admitida, y cumplido dicho trámite se dio traslado a éstas para que formalizaran sus escritos de conclusiones, verificado lo cual quedaron los autos pendientes de deliberación y fallo.

CUARTO

Se señaló para la votación y fallo del presente Recurso el día cinco de los corrientes.

QUINTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El recurrente, Comisario del Cuerpo Nacional de Policía, con destino en la Inspección Provincial de Servicios de Alicante, solicitó de la Administración el abono del complemento de productividad correspondiente al periodo en que estuvo realizando el curso de formación específica para el ascenso a la categoría de Comisario, y que debió abonársele entre los meses de Noviembre/99 y Febrero/2000, inclusive. La Administración desestima su petición por cuanto la Instrucción sobre criterios de distribución de la productividad, de 22/Marzo/98 de la Dirección General de Policía, no contempla su devengo durante la realización de un curso de ascenso, dado que no se desempeña puesto de trabajo alguno

SEGUNDO

El artículo 23.3 c) de la Ley 30/84, de Medidas para la Reforma de la Función Pública , configura el complemento de productividad como una retribución complementaria que retribuye el especial rendimiento, la actividad extraordinaria y el interés o iniciativa con que el funcionario desempeñe su trabajo.

Definición coincidente con la del R.D.num. 311/88, de 30/Marzo, sobre Retribuciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que establece en el art.4, ap.III , que dicho complemento estará destinado a retribuir el especial rendimiento, la actividad y dedicación extraordinarias no contempladas a través del complemento específico y el interés o iniciativa en el desempeño de los puestos de trabajo, siempre que redunden en mejorar el resultado de los mismos. Su cuantía individual se determinará por el Ministerio del Interior, dentro de los créditos que se asignen para esta finalidad.

Sobre esta materia es donde vienen a incidir las Instrucciones dictadas por el Subdirector General Operativo y el Subdirector General de Gestión y Recursos Humanos de 23/Enero y 22/Marzo/98, sobre criterios de distribución del complemento de productividad y la compensación de turnos rotatorios en el Cuerpo Nacional de la Policía, que señalan que "la productividad funcional se devenga por...

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