STSJ Comunidad Valenciana , 28 de Enero de 2000
Ponente | LUIS MANGLANO SADA |
ECLI | ES:TSJCV:2000:582 |
Número de Recurso | 1150/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 28 de Enero de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Rº 1150/97 SENTENCIA Nº 115 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera Iltmos. Srs.:
Presidente:
D. JOSE DIAZ DELGADO Magistrados:
D. SALVADOR BELLMONT MORA.
D. LUIS MANGLANO SADA.
En la Ciudad de Valencia, a 28 de enero del dos mil. VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso-administrativo nº 1150/97, interpuesto por el Procurador D. Ramón Cuchillo López, en nombre y representación de ACS ACTIVIDADES DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS, S.A., contra el TEAR de Valencia, habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada por el Abogado del Estado, así como la Generalitat Valenciana, representada por el Letrado de sus servicios jurídicos.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.
Las representaciones de las partes demandadas contestaron a la demanda, mediante escritos en los que solicitaron se dictara sentencia por la que se confirmase la resolución recurrida.
Habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido por el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
Se señaló la votación para el día 27 de enero del dos mil, teniendo así lugar.
En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
VISTOS: Los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.
Siendo ponente el Magistrado D. LUIS MANGLANO SADA.
El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto por ACS, ACTIVIDADES DE CONSTRUCCION Y SERVICIOS, S.A. contra la resolución de 28 de febrero de 1997 del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Valencia, desestimatoria de la reclamación nº 03/1509/92 formulada contra la liquidación complementaria TH-1963 practicada por los Servicios Territoriales de la Consellería de Economía y Hacienda, en concepto de Impuesto sobre Actos jurídicos documentados, por un importe de 1.328.481 ptas.
Del expediente administrativo se desprenden los siguientes hechos:
Necesitando financiación para la promoción de diversas edificaciones de VPO en Elda, la mercantil EMPROSA solicitó y obtuvo del Banco Hipotecario de España un préstamo con garantía hipotecaria.
El 23 de junio de 1987 la entidad EMPROSA escrituró la cesión a la mercantil OCISA (anterior denominación de la recurrente) del derecho a cobrar las cantidades no dispuestas del antedicho préstamo, cuyo importe ascendía a 172.530.000 ptas.
El 22 de julio de 1987, la cesionaria presentó autoliquidación del Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, modalidad Actos jurídicos documentados, considerando la descrita operación de cesión del derecho exenta del citado tributo.
En fecha 23-3-1992 se notificó a la actora liquidación...
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