SAP Madrid 87/2007, 30 de Enero de 2007
Ponente | MARIA GUADALUPE JESUS SANCHEZ |
ECLI | ES:APM:2007:1445 |
Número de Recurso | 771/2006 |
Número de Resolución | 87/2007 |
Fecha de Resolución | 30 de Enero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18
MADRID
SENTENCIA: 00087/2007
Rollo: RECURSO DE APELACION 771 /2006
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 694 /2005
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 62 de MADRID
PONENTE: ILMA. SRA. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ
APELANTE: REPSOL BUTANO S.A.
PROCURADOR: RAMON RODRIGUEZ NOGUEIRA
APELADO: PROYECTA,CONTRATAS Y DESARROLLOS,S.L.
PROCURADOR: JORGE DELEITO GARCIA
En MADRID, a treinta de enero de dos mil siete.
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ
ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO
ILMO. SR. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 62 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandada REPSOL BUTANO, S.A. representada por el Procurador Sr. Rodríguez Nogueira y de otra, como apelada demandante PROYECTA, CONTRATAS Y DESARROLOS, S.L. representada por el Procurador Sr. Deleito García, seguidos por el trámite de juicio ordinario.
Visto, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 62 de Madrid, en fecha 7 de junio de 2006, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Sr. Deleito García en nombre y representación de PROYECTA, CONTRATAS Y DESARROLLOS, S.L., condeno a REPSOL BUTANO, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Rodríguez Nogueira al pago de la cantidad de la cantidad de 62.148,23 euros por los conceptos descritos en las facturas r3/02 y 04/2003 en los términos recogidos en el FUNDAMENTO DE DERECHO TERCERO de la presente resolución, junto a los intereses legales desde el día de su interpelación judicial, sin hacer expresa imposición de las costas procesales causadas.".
Por la parte demandada se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.
Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 23 de enero de 2007.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la resolución objeto de recurso.
Alega la parte apelante como motivos en los que funda su recurso, que independientemente de que pudiera corresponderle alguna cantidad a la actora, no es menos cierto, que al existir diversos embargos, trabados por distintas administraciones, no puede determinarse adecuadamente quien ostenta una preferencia en la recepción de las posibles cantidades adeudadas, además de haber incluido en la facturación cantidades que en modo alguno pueden corresponderle al no haber sido objeto del contrato y por tanto, no tenía legitimación para cederlo ni para reclamarlo la actora. Manifiesta que la resolución de instancia incurre en incongruencia y error en la valoración de la prueba, así como en infracción de la falta de...
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