STSJ Comunidad de Madrid 314/2008, 25 de Febrero de 2008

PonenteMIGUEL DE LOS SANTOS GANDARILLAS MARTOS
ECLIES:TSJM:2008:1802
Número de Recurso537/2007
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución314/2008
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5

MADRID

SENTENCIA: 00314/2008

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE

MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN QUINTA

SENTENCIA 314

APELACIÓN NÚM. 537-2007

PROCURADORA: D.ª María Ángeles Almansa Sanz

Ilmos. Sres.:

Presidente

D. José Alberto Gallego Laguna

Magistrados

D. J. Ignacio Parada Vázquez

Dña. María Antonia de la Peña Elías

D. Santos Gandarillas Martos

D. J. Ignacio Zarzalejos Burguillo

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Madrid, 25 de febrero de 2008

Visto por la Sala del margen el recurso de apelación núm. 537-2007 interpuesto por la procuradora D.ª María Ángeles

Almansa Sanz, contra el auto de 2 de julio de 2007, dictado por el Juzgado Contencioso-administrativo nº 5 de Madrid en la

Pieza Separada de Suspensión del P.A. 381/2007, por el que se denegó suspensión de la resolución que deniega el permiso de

trabajo y residencia solicitada por D. Evaristo ; ha sido parte demandada la Administración General del Estado,

representada y defendida por su Abogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se presentó recurso de apelación contra el auto de 2 de julio de 2007, dictado por el Juzgado Contencioso-administrativo nº 5 de Madrid en la Pieza Separada de Suspensión del P.A. 381/2007, y una vez visto en este Tribunal tanto el recurso como los autos remitidos por el Juzgado, se registró, se formó el oportuno rollo, señalándose para votación y fallo la audiencia del día 19/02/2008 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Santos Gandarillas Martos

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso de apelación el auto de 2 de julio de 2007, dictado por el Juzgado 5, por el que se denegó suspensión de la resolución que deniega el permiso de trabajo y residencia solicitada por el recurrente.

El recurrente solicita la anulación del auto y la concesión de la medida cautelar porque los antecedentes penales que tenía han sido cancelado, por el arraigo al haber trabajado con anterioridad y estar casado con una extranjera con residencia legal.

SEGUNDO

La suspensión de la ejecución de los actos administrativos impugnados constituye una de las medidas cautelares cuya adopción se posibilita en los artículos 129 y siguientes de la Ley Jurisdiccional para asegurar la efectividad de la sentencia. Tal medida, puede ser acordada conforme al artículo 130.1 de dicha Ley, previa valoración circunstanciada de todos los intereses en conflicto, únicamente cuando la ejecución del acto pudiera hacer perder su finalidad legítima al recurso; pudiendo denegarse, con arreglo a lo previsto en el párrafo segundo de dicho artículo, cuando de ella pudiera seguirse perturbación grave de los intereses generales o de un tercero que el Juez o Tribunal ponderará en forma...

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