STSJ Cataluña 1639/2008, 21 de Febrero de 2008

PonenteLUIS JOSE ESCUDERO ALONSO
ECLIES:TSJCAT:2008:1079
Número de Recurso7945/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1639/2008
Fecha de Resolución21 de Febrero de 2008
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2006 - 0010788

MDT

ILMO. SR. JACOBO QUINTANS GARCIA

ILMO. SR. LUÍS JOSÉ ESCUDERO ALONSO

ILMO. SR. ENRIQUE JÍMENEZ ASENJO GÓMEZ

En Barcelona a 21 de febrero de 2008

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 1639/2008

En el recurso de suplicación interpuesto por Televisión Española S.A. y Radio Nacional de España S.A. frente a la Sentencia del Juzgado Social 20 Barcelona de fecha 11 de julio de 2006 dictada en el procedimiento nº 254/2006 y siendo recurridos Miguel Ángel y Elsa. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. LUÍS JOSÉ ESCUDERO ALONSO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 06.04.06 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclamaciones grandes empresas(TV,RENFE), en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 11 de julio de 2006 que contenía el siguiente Fallo:

"Desestimando la excepción de inadecuación de procedimiento y estimando la demanda formulada por D. Miguel Ángel y Dª Elsa, frente a las empresas TELEVISIÓN ESPAÑOLA, S.A., (TVE, S.A.) y RADIO NACIONAL DE ESPAÑA, S.A., declaro que las relaciones laborales que unen a los actores con las demandadas como Redactores, tienen el carácter de fijo, desde las siguientes fechas (antigüedad):

D. Miguel Ángel : 10/06/05.

Dª Elsa : 01/11/1992

Siéndoles de aplicación el Convenio Colectivo de RTVE, Televisión Española, S.A. y Radio Nacional de España, S.A., con las consecuencias legales inherentes a tal declaración (entre las que se halla el reconocimiento de las antigüedades a efectos de complemento de antigüedad, a los efectos de progresión en el salario base (art. 61 del Convenio Colectivo y a efectos de devengo del complemento de permanencia en el nivel máximo), condenando a las demandadas, de forma conjunta y solidaria a estar y pasar por las anteriores declaraciones. "

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

El actor D. Miguel Ángel, mayor de edad, con DNI nº NUM000 inició prestación de servicios para la demandada TELEVISIÓN ESPAÑOLA, S.A., (TVE, S.A.), como Redactor, el 10/06/1995, y, desde esa fecha, para percibir la contraprestación económica a cambio de la realización de tales servicios presentaba documentos denominados "orden de pedido" (Documentos 9 y 10 y bloques de documentos 1 a 8 de la parte actora).

SEGUNDO

El mismo actor permaneció en la situación indicada en el hecho probado anterior hasta que en fecha 11/02/1999 suscribe con TELEVISIÓN ESPAÑOLA, S.A., (TVE, S.A.) contrato de duración determinada al amparo del RD 2720/1998, de 18 de diciembre, como Asesor de Contenidos, para asesorar "al equipo del programa en temas de naturaleza y medio ambiente, con especial dedicación a los temas que genera el Ministerio de Medio Ambiente y Comunidades Autónomas, colaborando en las entrevistas y postproducción de los reportajes que se realicen, siguiendo las directrices marcadas por la Dirección del Programa, provisionalmente titulado "EL ESCARABAJO VERDE" que se configura como una obra concreta y determinada". (Bloque de documentos nº 12, folio 1 de la parte actora).

En fecha 12/07/2000 la empresa entregó carta al actor poniendo en su conocimiento que el anterior contrato se extinguía el 12/08/00. (Bloque de documentos nº 12, folio 2 parte actora).

TERCERO

En fecha 06/09/00 suscribe contrato de trabajo de duración determinada como Asesor de Contenidos para asesorar "al equipo del programa en temas de naturaleza y medio ambiente, con especial dedicación a los temas que genera el Ministerio de Medio Ambiente y Comunidades Autónomas, colaborando en las entrevistas y postproducción de los reportajes en cuya elaboración intervendrá directamente, siguiendo las instrucciones del Director del programa, provisionalmente titulado "EL ESCARABAJO VERDE" que se configura como una obra concreta y determinada". (Bloque de documentos nº 12, folio 3 parte actora).

En fecha 06/06/01 la empresa entregó carta al actor poniendo en su conocimiento que el anterior contrato se extinguía el 30/06/01. (Bloque de documentos nº 12, folio 4 parte actora).

CUARTO

En fecha 19/09/01 suscribe contrato de trabajo de duración determinada como Asesor de Contenidos para asesorar "al equipo del programa en temas de naturaleza y medio ambiente, con especial dedicación a los temas que genera el Ministerio de Medio Ambiente y Comunidades Autónomas, colaborando en las entrevistas y postproducción de los reportajes en cuya elaboración intervendrá directamente, siguiendo las instrucciones del Director del programa, provisionalmente titulado "EL ESCARABAJO VERDE" que se configura como una obra concreta y determinada". (Bloque de documentos nº 12, folio 5 parte actora).

En fecha 10/06/02 la empresa entregó carta al actor poniendo en su conocimiento que el anterior contrato se extinguía el 30/06/02. (Bloque de documentos nº 12, folio 6 parte actora).

QUINTO

En fecha 19/09/02 suscribe contrato de trabajo de duración determinada como Asesor de Contenidos para asesorar "al equipo del programa en temas de naturaleza y medio ambiente, con especial dedicación a los temas que genera el Ministerio de Medio Ambiente y Comunidades Autónomas, colaborando en las entrevistas y postproducción de los reportajes en cuya elaboración intervendrá directamente, siguiendo las instrucciones del Director del programa, provisionalmente titulado "EL ESCARABAJO VERDE" que se configura como una obra concreta y determinada". (Bloque de documentos nº 12, folio 7 parte actora).

En fecha 19/05/03 la empresa entregó carta al actor poniendo en su conocimiento que el anterior contrato se extinguía el 08/06/03. (Bloque de documentos nº 12, folio 8 parte actora).

SEXTO

En fecha 01/09/03 suscribe contrato de trabajo de duración determinada como Asesor de Contenidos para asesorar "al equipo del programa en temas de naturaleza y medio ambiente, con especial dedicación a los temas que genera el Ministerio de Medio Ambiente y Comunidades Autónomas, colaborando en las entrevistas y postproducción de los reportajes en cuya elaboración intervendrá directamente, siguiendo las instrucciones del Director del programa, provisionalmente titulado "EL ESCARABAJO VERDE" que se configura como una obra concreta y determinada". (Bloque de documentos nº 12, folio 9 parte actora).

En fecha 12/07/04 la empresa entregó carta al actor poniendo en su conocimiento que el anterior contrato se extinguía el 31/07/04. (Bloque de documentos nº 12, folio 10 parte actora).

SÉPTIMO

En fecha 13/09/04 suscribe contrato de trabajo de duración determinada como Asesor de Contenidos para asesorar "al equipo del programa en temas de naturaleza y medio ambiente, con especial dedicación a los temas que genera el Ministerio de Medio Ambiente y Comunidades Autónomas, colaborando en las entrevistas y postproducción de los reportajes en cuya elaboración intervendrá directamente, siguiendo las instrucciones del Director del programa, provisionalmente titulado "EL ESCARABAJO VERDE" que se configura como una obra concreta y determinada". (Bloque de documentos nº 12, folio 11 parte actora).

En fecha 08/06/05 la empresa entregó carta al actor poniendo en su conocimiento que el anterior contrato se extinguía el 30/06/05. (Bloque de documentos nº 12, folio 12 parte actora).

OCTAVO

En fecha 01/09/05 suscribe contrato de trabajo de duración determinada como Asesor de Contenidos para asesorar "al equipo del programa en temas de naturaleza y medio ambiente, con especial dedicación a los temas que genera el Ministerio de Medio Ambiente y Comunidades Autónomas, colaborando en las entrevistas y postproducción de los reportajes en cuya elaboración intervendrá directamente, siguiendo las instrucciones del Director del programa, provisionalmente titulado "EL ESCARABAJO VERDE" que se configura como una obra concreta y determinada". (Bloque de documentos nº 12, folio 13 parte actora).

NOVENO

La actora Dª Elsa, mayor de edad, con DNI nº NUM001 inició prestación de servicios para TELEVISIÓN ESPAÑOLA, S.A., (TVE, S.A.), el 27/09/1990 como Redactora mediante suscripción de un contrato de trabajo de duración determinada al amparo del RD 2104/1984, de 21 de Noviembre, que finalizó el 28/09/1991 (Documentos 21 y 22 de la parte actora).

DÉCIMO

En fecha 01/11/1992 suscribió contrato con la demandada TELEVISIÓN ESPAÑOLA, S.A., (TVE, S.A.) para actuar en la producción titulada "L'ART DE VIURE", "en su función artística de Asesora-Coordinadora adjunta al Director, (ADJUNTO DIRECTOR)". La duración del mismo se extendía desde el 1 al 30/11/1992. (Documento 23 de la parte actora).

DECIMOPRIMERO

En fecha 25/11/1992 suscribió contrato con la demandada TELEVISIÓN ESPAÑOLA, S.A., (TVE, S.A.) para actuar en la producción titulada "L'ART DE VIURE", "en su función artística de Asesora-Coordinadora adjunta al Director, (ADJUNTO DIRECTOR)". La duración del mismo se extendía desde el 1 al 31/12/1992. (Documento 24 de la parte actora.

DECIMOSEGUNDO

En fecha 31/12/1992 suscribió contrato con la demandada...

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