Carrazza, Antonio: I miglioramenti delle cose nella teoría generale e nei rapporti agrari. -Volume primo

AutorCelestino A. Cano Tello
CargoProfesor Ayudante de Derecho Civil
Páginas779-783

Carrazza, Antonio: I miglioramenti delle cose nella teoría generale e nei rapporti agrari. -Volume primo.-Instituto di Diritto Internazionale e Comparato. Firenze. Milano. Dott. A. Giuffré. Editore, 1965.

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El supuesto legal de la mejora constituye, para el autor, una entidad compleja, formada, al menos, por los elementos esenciales: lo que llama el miglíoramento real y verdadero, que asume la naturaleza de acto jurídico no negocial, y la miglioria, acontecimiento posterior, cuyo carácter es el de un hecho jurídico natural. Los efectos jurídicos de la mejora dependen de la combinación de un acto y un hecho.

La más adecuada definición de miglioramento es la de acto real (los actos reales consisten en la inmediata realización de la voluntad). Sus elementos son la función (o causa), que no debe confundirse con el motivo subjetivo y que da impulso al miglioramento. Puede identificarse con el interés de cada mejorante de conseguir una plusvalía. Este interés es esencialmente privado, aunque en él concurran intereses públicos.

Desde el punto de vista de su forma, el miglioramento o mejoramiento pertenece a la categoría de los actos que constituyen un simple comportamiento.

El acto del miglioramento debe realizarse necesariamente por una persona, debe ser obra del hombre. Al autor de las mejoras se le exige, al menos, capacidad natural y capacidad de querer y entender. El Derecho positivo italiano condiciona los efectos de la mejora a la buena o mala fe del autor de ésta. La buena fe subjetiva la aplica la Ley algunas veces, específicamente al acto de mejorar: las mejoras realizadas por el poseedor podrán considerarse hechas de buena o mala fe, con independencia de la calificación de buena o mala fe de la posesión. La buena fe especifica del autor de las mejoras se caracteriza por el contenido, por el objeto y por los efectos, etc.

La realización de cualquier clase de mejoras supone, necesariamente, un gasto en sentido amplio, un empleo de medios y energías que se llama «obra». El concepto de obra expresa el ul-Page 780terior elemento del acto de mejorar: el contenido u objeto. El contenido se examina desde diversos puntos de vista: la obra se desarrolla siempre sobre una cosa determinada y corporal; puede realizarse de modo instantáneo o continuado, mediante una disposición material de la cosa y debe tener siempre un carácter extraordinario para que pueda distinguirse de las gestiones usuales de cultivo, cría de ganado...; por último, debe ser atribuida al hombre, aunque sea con ayuda de la naturaleza.

La determinación del sujeto legitimado para mejorar un objeto dado se resuelve en individualidad la persona que ostenta esa facultas meliorandi o poder de mejorar reconocido por el ordenamiento como protección del...

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