STSJ Andalucía , 27 de Julio de 2006

PonenteVICTORIANO VALPUESTA BERMUDEZ
ECLIES:TSJAND:2006:5610
Número de Recurso242/2002/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Julio de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN SEVILLA.

SECCIÓN TERCERA.

RECURSO Núm. 242/2002

Registro General Núm. 1.079/2002.

SENTENCIA

Iltmo. Sr. Presidente:

D. Ruperto Martínez Morales.

Ilmos. Srs. Magistrados:

D. Eloy Méndez Martínez.

D. Victoriano Valpuesta Bermúdez.

En Sevilla, a veintisiete de julio del año dos mil seis.

Vistos por la Sala en Sevilla de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, los autos correspondientes al Recurso núm. 242/2002, interpuesto por don Baltasar, representado por la Procuradora doña Macarena Peña Camino y defendido por Letrado, contra la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, representada y defendida por el Abogado del Estado. La cuantía del recurso es de 200.000 pesetas. Ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. Victoriano Valpuesta Bermúdez, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente se interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir de 24 de enero del 2002 que desestima el recurso de reposición deducido contra la resolución de 20 de septiembre del año anterior, dictada en expediente sancionador

SEGUNDO

En su escrito de demanda, la parte actora solicitó la nulidad de la disposición impugnada.

TERCERO

Por la Administración demandada se contestó en el sentido de oponerse, solicitando, a su vez, la desestimación del recurso. Sin recibirse el recurso a prueba por las razones en su día expresadas, quedaron a continuación las actuaciones conclusas para sentencia.

CUARTO

En la presente causa se han observado todas las prescripciones legales, salvo las relativas a determinados plazos procesales, debido a la acumulación de asuntos ante la Sala; habiéndose señalado para votación y fallo el día de ayer en el que efectivamente, se ha deliberado, votado y fallado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso la resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir de 24 de enero del 2002 que desestima el recurso de reposición deducido contra la resolución de 20 de septiembre del año anterior, que impuso al recurrente la sanción de multa de 200.000 pesetas, la obligación de indemnizar al dominio público hidráulico en la suma de 100.450 pesetas, a la vez que le requería para que retirara en el plazo de quince días todo elemento que haga presumir la captación abusiva de aguas, por una infracción administrativa leve prevista en el artículo 108. b) y g) de la Ley de Aguas 29/1985, de 2 de agosto, en relación con el art. 315. j) del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, concretamente, por "haber derivado agua del río Salado de Morón para el riego de 4,1 hectáreas de algodón, terrenos no regables en el...

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