SAP Barcelona 351/2006, 9 de Mayo de 2006
Ponente | MARIA DOLORES VIÑAS MAESTRE |
ECLI | ES:APB:2006:5519 |
Número de Recurso | 833/2005 |
Número de Resolución | 351/2006 |
Fecha de Resolución | 9 de Mayo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
BARCELONA
SECCION DECIMOCTAVA
ROLLO Nº 833/2005
INCAPACITACIÓN NÚM. 1060/2004
JUZGADO de PRIMERA INSTANCIA 1 BADALONA
S E N T E N C I A Núm. 351/06
Ilmos. Sres.
D. ENRIQUE ANGLADA FORS
Dª. MARGARITA NOBLEJAS NEGRILLO
Dª. Mª DOLORS VIÑAS MAESTRE
En la ciudad de Barcelona, a nueve de mayo de dos mil seis.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoctava de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio de Incapacitación, número 1060/2004 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Badalona a instancias de D. Pablo y Dª. Nuria, contra Dª. Concepción ; los cuales penden ante esta superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 28 de febrero de 20059, por el Juez del expresado Juzgado, con la intervención del Ministerio Fiscal.
La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Camps Badia en nombre y representación de Dª. Nuria y D. Pablo debo declarar y declaro incapaz para administrar sus bienes, debiendo quedar en lo sucesivo Dª. Concepción sujeta a la patria potestad rehabilitada de sus padres Dª. Nuria y D. Pablo exclusivamente para la administración de los bienes de la incapaz"
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandante, mediante su escrito motivado, dándose traslado a la parte contraria y al Ministerio Fiscal; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 3 de mayo de 2006.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente la Magistrada Ilma. Sra. Mª DOLORS VIÑAS MAESTRE.
No se discute en esta alzada el grado de incapacidad declarado de la hija de los recurrentes. En la demanda se solicita la incapacidad parcial de Concepción y la sentencia la declara. El recurso centra su objeto, en primer lugar, en el contenido concreto que debe darse a la incapacidad, que en la sentencia se ha extendido a la administración de los bienes, mientras que en la demanda se relacionaban de forma pormenorizada los actos concretos que requieren complemento de capacidad y en segundo lugar, en el régimen de protección o institución tutelar que debe establecerse, que la sentencia ha determinado en la rehabilitación de la patria potestad, sin mayor precisión, y que en la demanda se solicitaba se limitara a las funciones de la curatela o directamente se designara a los padres curadores.
En el informe del médico forense que ha efectuado la exploración en primera instancia, se indica que la paciente está afecta de síndrome de Down de larga evolución, patología permanente e irreversible, aunque de momento no precisa ayuda para todas las actividades de la vida diaria, pudiendo considerar de momento una incapacidad parcial. Se hace constar asimismo que Concepción no precisa ayuda de terceras personas para ninguna de las actividades de la vida diaria y que no puede administrar su propio dinero. Las consideraciones de dicho informe deben ser completadas por el contenido de la exploración judicial y por el contenido de los documentos aportados con la demanda. En la exploración se recoge que Concepción se maneja con bastante autonomía en el trasporte público y en pequeñas económicas. De los demás documentos se deriva el grado de autonomía personal de Concepción,...
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