SAP Sevilla, 26 de Enero de 2005

ECLIES:APSE:2005:236
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución26 de Enero de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 5ª

Rollo nº 6963/2004

S E N T E N C I A

Iltmos. Sres.:

Don Juan Márquez Romero

Don Conrado Gallardo Correa

Don Fernando Sanz Talayero

En la ciudad de Sevilla a 26 de enero de 2005.

Vistos por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla los autos de juicio ordinario nº 1618/2003 sobre reclamación de cantidades cobradas indebidamente, que procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 22 de Sevilla, penden en grado de apelación ante este Tribunal, promovidos por HEINEKEN ESPAÑA, S.A., con domicilio social en Sevilla, representada por el Procurador Don Frncisco José Pacheco Gómez y defendida por el Abogado Don Carlos Galán Vioque, contra MAR DE LA PLATA, S.L., con domicilio social en Sevilla, representada por el Procurador Doña Inmaculada Ruiz Lasida y defendida por el Abogado Don Manuel Laguna Barnés. Habiendo venido los autos originales a este Tribunal en méritos del recurso de apelación interpuesto por la segunda de las mencionadas partes contra la sentencia proferida por el expresado Juzgado en fecha 14 de junio de 2004, resultan los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice literalmente: "Que estimando parcialmente la demanda deducida por el Procurador D. Francisco José Pacheco Gómez, en nombre y representación de HEINEKEN ESPAÑA, S.A. contra MAR DE PLATA, S.L., sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la actora la suma de 774 euros, más los intereses legales desde la fecha del emplazamiento. No procede condena en costas".

Segundo

Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada, y admitido el mismo, tras formular escrito de oposición la parte actora, se elevaron seguidamente los autos originales a este tribunal, e iniciada la alzada y seguidos todos los trámites se señaló el día 26 de enero de 2005 para la deliberación y fallo, en cuya fecha tuvo lugar.

Vistos, siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Conrado Gallardo Correa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La parte demandada recurre la sentencia en tanto en cuanto no considera acreditado que la actora recibiera un juego de cama que no devolvió al término del arrendamiento ni el importe de la misma alegando, en esencia, que tales extremos han quedado suficientemente acreditados por la testifical de Doña Emilia y por la factura que acredita la adquisición de un nuevo juego de cama y que fue aportado por la propia parte actora.

Segundo

La cláusula primera del contrato de arrendamiento que concertaron las partes el día 17 de...

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