STSJ Aragón 2923, 30 de Septiembre de 2005
Ponente | MANUEL SERRANO BONAFONTE |
ECLI | ES:TSJAR:2005:2923 |
Número de Recurso | 18/2002 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 2923 |
Fecha de Resolución | 30 de Septiembre de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO - SECCIÓN TERCERA - RECURSO N° 18/02-C SENTENCIA N° 620 DE 2005 ILUSTRÍSIMOS SEÑORES PRESIDENTE:
D. LUIS FERNÁNDEZ ALVAREZ MAGISTRADOS:
D. LUIS IGNACIO PASTOR EIXARCH D. MANUEL SERRANO BONAFONTE En Zaragoza, a treinta de septiembre de dos mil cinco.
En nombre de S.M. el Rey. VISTO por los Ilmos. Sres. Magistrados titulares de la Sala Civil y Penal de este Tribunal Superior de Justicia de Aragón, forzosamente adscritos a la Sala de lo Contencioso-administrativo del mismo en virtud de las previsiones de la LO. 9/2000 de 27 de diciembre, el recurso contencioso administrativo arriba señalado interpuesto por Dª Amelia representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Andrés Laborda y defendida por la Letrado Sra. Ribera Pont, contra el AYUNTAMIENTO DE RUBIELOS DE MORA (TERUEL)
representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Campo Santolaria y defendido por el Letrado Sr. Lou Mayoral.
Es objeto de impugnación el Acuerdo del Pleno de 27 de marzo de 2001 que desestima solicitud de eliminación del camino público que transcurre por parcelas copropiedad de la recurrente, en paraje El Calvario y Santa Ana. Procedimiento: Ordinario Cuantía: Indeterminada Ponente: Iltmo. Sr. D. MANUEL SERRANO BONAFONTE.
Los que resultan del expediente administrativo.
Interpuesto el recurso con fecha 10 de enero de 2002, y aportado el expediente administrativo, la parte actora formuló demanda interesando sentencia estimatoria de sus pretensiones a fin de que se deje sin efecto la resolución recurrida.
La Administración demandada interesó en su contestación la desestimación de las pretensiones de la parte actora.
Cumplidos los trámites procesales se trajeron los autos a la vista para sentencia, con citación de las partes, señalándose para votación y fallo el día 19 de septiembre de 2005.
La Sra. Amelia recurre el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Rubielos de Mora a que se hace referencia en el encabezamiento de esta sentencia, que desestimo la eliminación de un camino público que transcurre en dicha localidad por parcelas propiedad de la recurrente.
Frente a dicho acuerdo la actora sostiene en su demanda que en la escritura de compra de la finca en cuestión no se hace referencia alguna a la existencia de camino y se remite al folio 39 del expediente administrativo, plano confeccionado por ella, en el que solamente aparece el denominado Camino de Santa Ana. Con el escrito de demanda acompaña el mismo plano que aparece en el expediente administrativo al folio indicado, trazando sobre este...
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