Breve comentario sobre las «zonas libres de transgénicos» y el «derecho a la libertad de empresa»
Autor | Juan Antonio Vives Vallés |
Páginas | 133-144 |
133
Derecho de los cultivos transgénicos
3. BREVE COMENTARIO SOBRE LAS «ZONAS LIBRES DE TRANS-
GÉNICOS» Y EL «DERECHO A LA LIBERTAD DE EMPRESA»
Más allá de las abundantes opiniones refl ejadas en el proceso de tra-
mitación de la Directiva (UE) 2015/412, no existen, por razones obvias,
pronunciamientos judiciales o resoluciones nacionales, comunitarias o
internacionales, que versen sobre la adecuación de la misma a las normas
comunitarias e internacionales que amparan y desarrollan el «derecho a la
libertad de empresa». La Doctrina tampoco ha tenido tiempo de ocuparse
de analizar con detalle la cuestión. Estas circunstancias –la novedad de la
concreta materia y la falta de puntos de apoyo jurisprudenciales y doctrina-
les– difi cultan el análisis de la adecuación de la Directiva (UE) 2015/412 al
marco nacional, comunitario e internacional del «derecho a la libertad de
empresa». A pesar de ello, en el presente apartado analizamos dicha cuestión
a partir del estudio de las opiniones vertidas en el proceso de tramitación de
la Directiva (UE) 2015/412, y la posterior aplicación al caso en cuestión del
procedimiento de evaluación constitucional de las medidas de los poderes
públicos restrictivas del «derecho a la libertad de empresa» (anteriormente
descrito y aplicado en relación con la confi guración normativa del «principio
de precaución» en materia de OMG). También dedicamos un apartado a
analizar, desde la misma perspectiva, la Propuesta de Reglamento del Parla-
mento Europeo y del Consejo por el que se modifi ca el Reglamento (CE) nº
1829/2003 del Consejo en lo que respecta a la posibilidad de que los Estados
miembros restrinjan o prohíban el uso de alimentos y piensos modifi cados
genéticamente en su territorio; si bien en este caso, de forma más somera, pues
como su propio nombre indica, se trata solamente de una propuesta, y por lo
tanto, un documento no solamente extremadamente nuevo para la doctrina y
la jurisprudencia, sino además y cuando menos, mutable.
3.1. La Directiva (UE) 2015/412 y los temores comunitarios con respecto
a la vulneración del «derecho a la libertad de empresa»
Como hemos expuesto, desde el inicio de la tramitación de la Directiva
(UE) 2015/412, el temor por su vulneración de las normas de la OMC/GATT,
de la normativa comunitaria en materia de mercado interior y en defi nitiva del
«derecho a la libertad de empresa», ha sido una constante. Estas reservas han
sido planteadas por los Estados miembros, por el Consejo de la Unión Europea,
por el CESE e incluso por el Parlamento Europeo, cediendo solamente con
el acuerdo alcanzado por el Consejo de la Unión Europea en relación con la
misma, más de 4 años después de su impulso inicial.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba