STSJ Galicia , 20 de Abril de 2005

PonenteJOSE GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO
ECLIES:TSJGAL:2005:783
Número de Recurso943/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución20 de Abril de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

01/0000946/2002 SECCIÓN PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA Nº 286/2005 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. BENIGNO LÓPEZ GONZÁLEZ MAGISTRADOS:

D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO En La Ciudad de A Coruña, a veinte de abril de dos Mil cinco.

En el proceso contencioso-administrativo que con el número 01/0000946/2002, pende de resolución de esta Sala, interpuesto por Cristina , representada por el procurador D. VÍCTOR LÓPEZ RIOBOO Y BATANERO y dirigido por el Abogado D. JOSÉ LÓPEZ FERNANDEZ, contra resolución de la Conselleria de Medio Ambiente de 30 de mayo de 2002, desestimatoria recurso alzada contra otra de Augas de Galicia 11 /12 /0l sobre expediente autorización de obras en zona de policía (Ley de Aguas). Es parte como demandada CONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE representada y dirigida por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA; siendo la cuantía del recurso la de INDETERMINADA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Resultando que admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que se realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: El día 29 de mayo de 2.000 la actora formuló demanda contra Don Ángel por pretender entubar el hecho o cauce del río o regato Mangotos, que también efectuó el Servicio de Protección de la Naturaleza con entrada en la Demarcación de aguas el 30 de mayo de 2.000, formulándose la denuncia el 29 de mayo del mismo año.- el expediente tramitado concluyó con Resolución que resuelve: "Un: Declarar a non existencia de infracción ou responsabilidade atribuíble a DON Ángel .-Dous; Comunicar a Consellería de Agricultura, Gandería e

Política Agroalimentaria que deberá instar a maior brevidade expediente de ilegalización de obras de desvío de cauce do regato Mangostos, término municipal de Santiago de Compostela".- Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes, y suplica que se dicte sentencia estimando el recurso, dejando sin efecto la resolución recurrida y se acuerde el archivo del expediente, con costas a la parte demandada.

SEGUNDO

Resultando que conferido traslado de la demanda a la Administración demandada, evacuó dicho traslado a medio de escrito de oposición, con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Resultando que recibido a prueba el recurso, se admitió la practicada con el resultado que obra en autos y declarado concluso el debate escrito, quedaron las actuaciones sobre la mesa para resolver.

CUARTO

Resultando que en la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. DON GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Considerando que en su impugnación de al resolución de la Administración institucional demandada (Augas de Galicia) alega la recurrente que una determinada persona había llevado a cabo las obras del caso aunque lo hiciese bajo cobertura de la Xunta de Galicia en operaciones complementarias de las de concentración parcelaria realizadas en la zona y que existía una falta de autorización para ello, de lo que daba testimonio la...

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