La autoridad fiscal independiente

AutorPatricia Lampreave
CargoAbogada. Profesora de derecho financiero y tributario de CUNEF

* Artículo publicado originalmente en el Diario "Cinco Días" el 12 de Noviembre de 2013.

En esta semana, el Congreso votará la implementación de la nueva Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal –creada por el Gobierno a través de un proyecto de ley, habiendo sido aprobada por el Consejo de Ministros y recientemente por el Senado–. Una vez aprobado en el Congreso, el Gobierno tendrá que redactar los estatutos del organismo y consensuar el mandato y los nombramientos de sus integrantes, para lo cual sería deseable el consenso de todos los grupos parlamentarios, lo que en todo caso deberá hacerse antes de que finalice el año, tal como exige Bruselas a todos los Estados miembros.

Para poder entender la necesidad de la autoridad fiscal independiente, debemos poner de manifiesto que la falta de incorporación de la buena gobernanza europea derivó en que algunos Estados miembros (entre ellos España) no se sintieran obligados a aplicar estrictamente las normas presupuestarias de la UE con el fin de lograr y mantener la sostenibilidad fiscal, lo que derivó en la acumulación de graves desequilibrios fiscales. Por ello, desde 2011, la Comisión Europea ha venido creando un marco regulador en el que se obliga a los Estados a la creación de una autoridad fiscal independiente o a la adaptación de cualquier institución que ya estuviera vigente a sus mandatos, con el objetivo de controlar y evitar nuevos posibles deterioros de las finanzas públicas, principalmente en la eurozona. Concretamente, las funciones y condicionantes de la autoridad fiscal vienen recogidos en la Directiva 2011/85/UE, en el Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza conocido como Pacto Fiscal) y en la comunicación de la Comisión (COM 2012/342) que desarrolla lo referente a las funciones de la citada autoridad.

Los más experimentados en la creación de este tipo de institución en la UE han sido los belgas (1994), holandeses (1945), daneses (1962), austriacos (2002) o alemanes (1963). Desde 2007 se incorporó en Suecia (2007), Hungría (2009), Reino Unido (2010) o Eslovenia (2010). En 2011, en Irlanda y Portugal, como parte del programa de rescate, y en los últimos meses, España, Francia o Italia.

Pese a que los Estados tienen cierto margen para determinar el rol que debe tener esta autoridad fiscal, las funciones básicas que debe cumplir, según la Comisión, son: proporcionar informes y opiniones sobre previsiones macroeconómicas y de política fiscal llevadas a cabo por el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR