Orden de 18/02/2011, , por la que se aprueba el modelo 045 de autoliquidación de la Tasa Fiscal sobre el Juego en máquinas o aparatos automáticos y se dictan las normas para su gestión.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorVicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda
Rango de LeyOrden
  1. OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda

Orden de 18/02/2011, de la Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 045 de autoliquidación de la Tasa Fiscal sobre el Juego en máquinas o aparatos automáticos y se dictan las normas para su gestión. [2011/2832]

Por Orden de 31 de agosto de 2004, de la Consejería de Economía y Hacienda, se aprobó el modelo a utilizar en esta Comunidad Autónoma para la autoliquidación de la Tasa Fiscal sobre el Juego en máquinas o aparatos automáticos.

El tiempo transcurrido desde su entrada en vigor, así como la introducción reciente de la situación de baja temporal de la autorización de explotación de las máquinas de juego tipo B, que ha tenido lugar en la reglamentación de juego por la aprobación de la Orden de 21/10/2010, de esta Consejería, y en el plano fiscal por la modificación del artículo 15 de la Ley 9/2008, de 4 de diciembre, de Medidas en materia de Tributos Cedidos efectuado por el artículo 52 de la Ley 16/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2011, hacen necesaria una nueva redacción de las instrucciones de cumplimentación del modelo.

En su virtud y de conformidad con las competencias reconocidas a esta Comunidad Autónoma por la Ley 25/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión, por medio de la presente disposición se procede a la aprobación del nuevo modelo 045 para la autoliquidación e ingreso de la referida tasa.

La aprobación del modelo 045 se complementa con la disposición expresa de la validez de las autoliquidaciones que, debidamente suscritas por los sujetos pasivos de la Tasa Fiscal sobre el Juego, sean generadas mediante los programas informáticos de ayuda a los contribuyentes desarrollados y distribuidos, a estos efectos, por la Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda.

Por todo ello, en virtud de las competencias reconocidas por el artículo 23.2.c de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha,

dispongo:

Artículo 1 Aprobación del modelo 045.
  1. Se aprueba el modelo 045 de autoliquidación de la tasa fiscal sobre juegos de suerte, envite o azar devengada por máquinas o aparatos automáticos sujetos al pago de dicha tasa y sus instrucciones de cumplimentación que figuran en el anexo de esta orden.

    El modelo citado consta de cuatro ejemplares: dos para la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el tercero para el interesado y el cuarto para la entidad colaboradora.

  2. El modelo aprobado será de uso obligatorio en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para todos los sujetos pasivos de la referida tasa.

  3. La transmisión de la autorización de explotación de una máquina no supondrá, durante el año natural en el que se produzca, modificación del sujeto pasivo obligado a su liquidación y pago.

Artículo 2 Autoliquidaciones a presentar.
  1. Los sujetos pasivos solo deberán presentar autoliquidaciones de las que resulte cantidad a ingresar.

  2. Deberá presentarse un modelo 045 por cada máquina o aparato automático y por cada uno de los pagos fraccionados de la cuota anual que deban...

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