Austria

AutorCarlos Vázquez González
Cargo del AutorDoctor en Derecho. Profesor de Derecho Penal y Criminología (UNED)

LEGISLACIÓN

- öStGB (Código penal austriaco de 23 de enero de 1974) (BGBI 1974/60), según la Ley de reforma del Código penal de 1996 (StRÁG), BGB1 1996/762.

- öStPO (Ley de Enjuiciamiento Criminal).

- Bundesgesetz vom 20 Oktober 1988 über die Rechtspflege bei Jugendstraftaten (Jugendgerichtsgesetz 1988 - JGG). [Ley de Justicia Juvenil]. BGB1 1988/599 con las reformas publicadas en BGB1 1994/522, 1999 I/55, y 2001 I/19.

Al igual que en Alemania, en Austria está vigente el principio de culpabilidad, que se deduce del § 4 del öStGB al decir que "Sólo se puede castigar al que actúa culpablemente". Con ello se quiere decir, a juicio de JESCHECK que "el ordenamiento jurídico responsabiliza mediante una pena al imputable únicamente por el injusto que haya causado culpablemente"1. A su vez, la Exposición de Motivos del Código penal austriaco establece la responsabilidad de las personas imputables como el fundamento de la pena, siendo necesario un cierto grado de madurez (que no se da en los menores de edad) para alcanzar esa responsabilidad penal2.

I. RÉGIMEN DE LA MINORÍA DE EDAD PENAL

El Ordenamiento jurídico austriaco, establece una nítida separación entre el Derecho penal juvenil y el Derecho tutelar de los menores. Este último, articulado en torno a los Juzgados de familia, tiene competencias para la imposición de medidas educativas y tutelares, a favor de los menores de 19 años, en los que se observe un déficit educativo, asistencial o social3.

Cuando un menor4 comete un hecho calificado por las Leyes como delito5 y sancionado con una pena, interviene el Derecho penal juvenil.

Según el § 1.2 de la JGG, son menores de edad (jugendlicher) quienes han cumplido 14 años, pero no 19, en el momento del hecho.

Los menores de 14 años, no tienen, por tanto, responsabilidad penal, pudiendo aplicarles únicamente aquellas medidas educativas previstas por la legislación tutelar, que parecieren necesarias.

Los mayores de 14 y menores de 19 años, se convierten en los verdaderos protagonistas del Derecho penal juvenil. Tienen responsabilidad penal, pero serán de obligada aplicación las normas específicas recogidas en la JGG.

Por último, los mayores de 19 años, son considerados como adultos con plena capacidad para responder penalmente por sus actos. Ahora bien, el Código penal austriaco (öStGB), establece expresamente como circunstancia atenuante ser menor de 21 años (§ 34.1 öStGB), y, la sustitución de la pena de prisión perpetua por una pena privativa...

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