SAP Cádiz 18/2006, 23 de Enero de 2006

PonenteMARIA DEL CARMEN GONZALEZ CASTRILLON
ECLIES:APCA:2006:1264
Número de Recurso72/2005
ProcedimientoPENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Número de Resolución18/2006
Fecha de Resolución23 de Enero de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 8ª

S E N T E N C I A Nº 18

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ

SECCIÓN Nº 8 EN JEREZ DE LA FTRA.

PRESIDENTE, ILMO. SR.

Dña. LOURDES MARIN FERNANDEZ

MAGISTRADOS, ILMOS. SRES.

Dña. CARMEN GONZALEZ CASTRILLON

D. BLAS RAFAEL LOPE VEGA

REFERENCIA:

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 72/2005 - S

DILIGENCIAS PREVIAS Nº 630/2005

JUZGADO DE ORIGEN: JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 2 DE JEREZ DE LA FRONTERA

En la Ciudad de Jerez de la Frontera a veintitrés de enero de dos mil seis.

Vista, en juicio oral y público, por la SECCIÓN Nº 8 EN JEREZ DE LA FTRA. de esta Audiencia, la causa dimanante de las Diligencias Previas tramitadas en el Juzgado de Instrucción señalado; seguidas por delito de CONTRA SALUD PUBLICA contra el acusado Ángel Daniel, con D.N.I. nº NUM000, natural de Córdoba y vecino de Avd. DIRECCION000 NUM001 - NUM002 de Códoba, nacido el día 1 de octubre de 1983, hijo de Eduardo y Adela, con instrucción de sus derechos, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, y en prisión provisional por ésta causa, que está representado por el Procurador D.MARIA DOLORES REINOSO ÁLVAREZ y defendido por el Letrado D.JOSE VICENTE RUIZ-SOTILLO SANCHEZ.

Ha sido parte el MINISTERIO FISCAL, y Ponente la Ilma Sra. Magistrado Dña. CARMEN GONZALEZ CASTRILLON que expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La presente causa tiene origen en diligencias previas tramitadas en el Juzgado de Instrucción referenciado, y con el número indicado, y seguida por todos sus trámites, se formuló por el Ministerio Fiscal escrito de acusación, calificando los hechos como constitutivos de un delito de Contra la Salud Pública penado en el art. 368 inciso 1º del C.P. del Código Penal, designando como autores al acusado, con la concurrencia circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal dado que era consumidor de cocaína cannabis y derivados anfetamínicos, solicitando para el acusado una pena de seis años de prisión, con arresto sustitutorio en caso de impago, accesorias legales, comiso del metálico y efectos intervenidos, y las costas procesales.

SEGUNDO

Dictado por el Instructor el Auto preceptivo, la representación de los acusados formuló escrito de defensa, mostrando su disconformidad con los hechos relatados en el escrito de acusación, siendo remitidas las actuaciones a esta Audiencia, quedando registradas y señalándose fecha para el juicio, que tuvo lugar el día de la fecha en forma oral y pública, con asistencia del Ministerio Fiscal, de los acusados y de su defensa, dándose cumplimiento a todas las formalidades legales.

TERCERO

En el acto del Juicio Oral, el Ministerio Público, y la defensa del acusado, con la aquiescencia de los mismos, solicitaron de esta Sala se procediera a dictar sentencia de conformidad con la acusación que en el mismo acto fue formulada por dicho Ministerio Público, y en la cual únicamente modificó su acusación inicial en el sentido de incluir en el relato de hechos la siguiente frase: "El acusado es consumidor de cocaína, cannabis y anfetamínicos". Solicitó la apreciación de la circunstancia atenuante analógica de drogadicción prevista en los arts. 21.6 y 21.2 del C. Penal e interesó para...

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