SAP Málaga 522/2006, 18 de Septiembre de 2006

PonenteJOSE MARIA MUÑOZ CAPARROS
ECLIES:APMA:2006:2450
Número de Recurso216/2006
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución522/2006
Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA

SECCION SEGUNDA

ROLLO DE APELACION Nº 216/06

JUZGADO DE LO PENAL Nº 9

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 514/04

SENTENCIA Nº 522

ILMOS SRES.

PRESIDENTE

D. José María Muñoz Caparrós

MAGISTRADOS

Dña. Lourdes García Ortiz

Dña. María Jesús Alarcón Barcos

**************************

En la ciudad de Málaga a 18 de septiembre de 2.006. -

Vistos en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia, los presentes autos de procedimiento penal abreviado, procedente del Juzgado de lo Penal de anterior referencia, seguidos con el número también mencionado, con intervención del Ministerio Fiscal, actuando como apelante Alberto, con la representación de la procuradora señora Ramírez Crespo. - Fue ponente el Magistrado Ilustrísimo Señor D. José María Muñoz Caparrós.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el mencionado Juzgado de lo Penal se dictó sentencia con fecha 4 de mayo de 2.006, cuyos antecedentes de hechos probados son del tenor literal siguiente: apreciando en conciencia las pruebas practicadas, resulta probado y así se declara que, el acusado Alberto, mayor de edad y sin antecedentes penales, el día 14 de mayo de 2004, sobre las 19.00 horas se encontraba tendido en el suelo en la calle Puerto de Oncala de Málaga, lo que motivó la personación en el lugar de una ambulación y de un facultativo del 061, así como de la Unidad de la Policía Local con indicativo NUM000, compuesta por los agentes de dicho Cuerpo con carnets profesionales nºs NUM001 y NUM002.

El acusado, que estaba consciente, y puesto ya en pie, se opuso a que le reconociera el facultativo del 061 a quien empujaba y gritaba para evitar que le tocara. Requerido el acusado en varias ocasiones por los indicados agentes que se calmara, reacciono violentamente contra ellos llamándoles "cabrones, hijos de puta" ""donde os coja os tengo que rajar" y "se abalanzó contra los agentes actuantes, siendo preciso el empleo de la fuerza su reducción y el uso de las esposas, ante el tenaz forcejeo que ofrecía oponiéndose a su detención.

A consecuencia de tales hechos el agente nº NUM001 resulto con contusión en hermitorax y brazo izquierdo tardando en curar, tras recibir la primera asistencia facultativa, un día, sin impedimento para sus ocupaciones habituales, quien ha renunciado a cualquier indemnización. Y el agente nº NUM002 sufrió un traumatismo sin lesión ósea en el primer dedo de la mano izquierda precisando para curar de inmovilización con férula digital, en la que invirtió 12 días, todos ellos con impedimento para dedicarse a sus ocupaciones habituales y no le han quedado secuelas. A dicho agente además se le perdió el reloj que llevaba puesto, marca Breil, pericialmente tasado en 308 euros.

El acusado, tras su detención y a petición propia, fue llevado por la policía al Centro de Salud Cruz de Humilladero, donde tras su examen en el modelo de urgencias se le diagnostico de síndrome de agitación y ansiedad, cuyo origen se desconoce. ; al que correspondió el siguiente fallo: que debo condenar y condeno a Alberto como autor criminalmente responsable de un delito de atentado a los agentes de la autoridad, un delito de lesiones y una falta de lesiones, precedentemente definidos, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, de un año de prisión, por el primer delito tres meses de prisión por el segundo, ambas penas con la accesoria legal de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y por la falta a la pena de multa de un mes a razón e una cuota diaria de seis euros, con...

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