SAP Ciudad Real 196/2007, 25 de Junio de 2007

PonenteALFONSO MORENO CARDOSO
ECLIES:APCR:2007:480
Número de Recurso1090/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución196/2007
Fecha de Resolución25 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

CIUDAD REAL

SENTENCIA: 00196/2007

Rollo Apelación Civil: 1090/07

Autos: Procedimiento Ordinario nº 518/05

Juzgado: 1ª Instancia nº 3 de Ciudad Real

Iltmos. Sres.

Presidente:

D. JOSÉ MARÍA TORRES FERNÁNDEZ DE SEVILLA

Magistrados:

D. LUIS CASERO LINARES

Dª MARÍA PILAR ASTRAY CHACÓN

D. ALFONSO MORENO CARDOSO

SENTENCIA Nº 196

CIUDAD REAL, a veinticinco de junio de dos mil siete.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección Primera de la Audiencia Provincial de CIUDAD

REAL, los autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 518/2005, procedentes del JDO. DE PRIMERA

INSTANCIA N.3 de CIUDAD REAL, a los que ha correspondido el Rollo 1090/2007, en los que

aparece como parte apelante, la actora Dª. Diana representada por la

Procuradora Dª. CONCEPCION LOZANO ADAME, y asistida por el Letrado D. DOMINGO

MARTINEZ PALACIOS, y como apelada, la mercantil demandada "GES SEGUROS Y

REASEGUROS, S.A." representada por el Procurador D. RAFAEL ALBA LOPEZ, y asistida por la

Letrada Dª. CARMEN CIUDAD DEL HIERRO, sobre reclamación de cantidad, y siendo Magistrado

Ponente el Ilmo. Sr. D. ALFONSO MORENO CARDOSO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de esta capital se dictó sentencia en los referidos autos, de fecha veinticuatro de noviembre de dos mil seis cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: 1.- Que estimando parcialmente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Doña Concepción Lozano Adame, en nombre y representación de Doña Diana, contra la aseguradora "GES" condeno a la demandada a pagar a la parte actora la suma de 287 euros, más los intereses legales devengados por la mencionada suma.

  1. - Sin expresa condena en costas."

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes, se interpuso contra la misma recurso de apelación en tiempo y forma por la parte demandante, admitiéndose el recurso y dándole el trámite correspondiente, las partes hicieron las alegaciones que estimaron conveniente en apoyo de sus respectivos intereses, elevándose los autos a la Audiencia y correspondiendo a esta Sección por turno de reparto, se formó el correspondiente rollo y se turnó Ponencia, señalándose día para la votación y fallo del recurso.

TERCERO

En la tramitación de esta apelación se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La estimación parcial de la demanda, en una cuantía mínima, lleva a la demandante, frente la sentencia que así lo decide en primera instancia, a combatir su fallo para interesar una condena en esta alzada cara la demandada y aseguradora "Ges Seguros y Reaseguros S.A mediante la estimación total de la demanda conforme a su suplico. Se aduce, en apoyo de la pretensión revocatoria de la sentencia, errónea valoración de la prueba, infracción de la jurisprudencia sobre los actos propios, así como por inaplicación de la normativa invocada en la demanda. Por la demanda/apelada se impugna el recurso y se defiende la sentencia dictada con los contraargumentos ofrecidos en contradicción de los de la recurrente.

SEGUNDO

Ciertamente la sentencia del Juzgado sienta su resolución, en un primer punto de las explicaciones que expone, respecto las circunstancias concurrentes tanto en cuanto al hecho de la sustracción en el establecimiento mercantil como a tenor de la actitud seguida por la misma...

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