SAP Madrid 424/2006, 18 de Septiembre de 2006
Ponente | JOSE MARIA GUGLIERI VAZQUEZ |
ECLI | ES:APM:2006:12165 |
Número de Recurso | 114/2006 |
Número de Resolución | 424/2006 |
Fecha de Resolución | 18 de Septiembre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 25ª |
JOSE MARIA GUGLIERI VAZQUEZ FRANCISCO RAMON MOYA HURTADO DE MENDOZA ANGEL LUIS SOBRINO BLANCO
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 25
MADRID
SENTENCIA: 00424/2006
Fecha:18 DE SEPTIEMBRE DE 2006
Rollo: RECURSO DE APELACION 114 /2006
Ponente: ILMO. SR. D.JOSE Mª GUGLIERI VAZQUEZ
Apelante: Íñigo
PROCURADOR:D.ALVARO ARANA MORO
Apelado:AXA AURORA IBERICA S.A.DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A.
PROCURADOR:D.JESUS IGLESIAS PEREZ
Autos:PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 1009/2004
Procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 4 DE MADRID
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. FRANCISCO MOYA HURTADO
D. JOSE Mª GUGLIERI VAZQUEZ
D. ÁNGEL LUIS SOBRINO BLANCO
En MADRID, a dieciocho de septiembre de dos mil seis.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 25 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1009/2004, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 4 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 114/2006, en los que aparece como parte apelante D. Íñigo representado por el procurador D. ALVARO FRANCISCO ARANA MORO, y como apelado AXA AURORA IBERICA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. representado por el procurador D. JESUS IGLESIAS PEREZ, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE Mª GUGLIERI VAZQUEZ.
Que los autos originales núm.1009/2004 procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 4 de los de Madrid, fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Que por el Ilmo. Sr. D. Joaquin Ebile Nsefum Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Madrid se dictó sentencia con fecha 3 de Noviembre de 2005, cuyo FALLO es del tenor literal siguiente:"Que desestimando íntegramente la demanda formulada por D. Íñigo contra Axa Seguros debo absolver y absuelvo al demandado de las pretensiones formuladad por el actor, todo ello con expresa imposición de costas al actor."
Que contra dicha Sentencia se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandante, el Procurador Sr. D. Álvaro Arana Moro, dándole traslado del mismo a la parte demandada quien presentó en tiempo y forma escrito de oposición al recurso entablado; remitiéndose los autos a esta Sección Vigesimoquinta, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 14 de Septiembre del año en curso.
Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
D. Íñigo inicia su recurso con la exposición de antecedentes que a su vez figuraban literalmente en la demanda interpuesta en su día y alega a continuación la incongruencia en que incurre la sentencia recurrida porque cita una frase de la que estima como irrelevante para el Juez a quo " la calificación jurídico-penal de la conducta que originó la condena del actor" por un delito previsto y penado en el art. 379 C. Penal. A este respecto conviene puntualizar el auténtico sentido de esa expresión que en contra de lo sostenido por el apelante en modo alguno es incongruente ni con la ratio decidendi de la sentencia, ni con la demanda ni con el FALLO, triple planteamiento que descarta cualquier efecto de la mencionada incongruencia. Se aísla una frase de su contexto atribuyéndole una finalidad que no responde a la realidad porque el F.Jurídico 1º de la resolución apelada, incluída la tan repetida frase lo que contiene es una argumentación a propósito de la...
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