SAP Jaén 69/2000, 14 de Febrero de 2000
Ponente | JOSE ANTONIO CORDOBA GARCIA |
ECLI | ES:APJ:2000:262 |
Número de Recurso | 121/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 69/2000 |
Fecha de Resolución | 14 de Febrero de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª |
SENTENCIA Núm. 69
Iltmos. Sres.
Presidente
D. FERNANDO BERMUDEZ DE LA FUENTE
Magistrados
D. JOSE REQUENA PAREDES
D. JOSE ANTONIO CORDOBA GARCIA
En la ciudad de Jaén, a Catorce de Febrero del año dos mil.
Vistos en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio de COGNICION seguidos en primera instancia con el núm. 349 del año 1998, por el Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Jaén , rollo de apelación de esta Audiencia núm. 121/99, a instancia de Marí Luz , representada en la instancia por sí y a defendida por la Letrada Dª María del Mar León Galán; contra D. Ernesto , representado en la instancia por el Procurador Sr del Balzo Parra y defendido por la Letrada Dª. Amelia Cuadros Espinosa.
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 2 de Jaén con fecha Ocho de Enero de mil novecientos noventa y nueve .
Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando la excepción dilatoria opuesta por el procurador Sr. del Balzo Parra, en nombre y representación de D. Ernesto , y desestimando, tanto la demanda interpuesta por Dª. Marí Luz contra el excepcionante, como la reconvención formulada por este último contra la primera; absuelvo a cada litigante, de cuantas peticiones se formularon en su contra en este pleito, sin expresa condena en costas a ninguno de ellos".
Contra dicha Sentencia se interpuso por D. Ernesto , en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Jaén, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso.
Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación se presentó escrito impugnándolo por Dª. Marí Luz ; remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, en la que se formó el rollo correspondiente, quedando las actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna.
En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.
Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. D. JOSE ANTONIO CORDOBA GARCIA.ACEPTANDO los Fundamentos de Derecho de la resolución impugnada.
Consentido por las partes el pronunciamiento de la sentencia en orden a la estimación de la excepción de litispendencia y con ello la desestimación de la demanda principal, queda centrada la controversia del presente recurso en los motivos, alegados por la demandada que combate la sentencia de instancia en el pronunciamiento...
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