SAP Murcia 105/2007, 20 de Abril de 2007
Ponente | JAIME GIMENEZ LLAMAS |
ECLI | ES:APMU:2007:820 |
Número de Recurso | 375/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 105/2007 |
Fecha de Resolución | 20 de Abril de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
MURCIA
SENTENCIA: 00105/2007
S E N T E N C I A
Nº 105/07.
Ilmos. Sres.
D. Carlos Moreno Millán
Presidente
D. Juan Antonio Jover Coy
D. Jaime Giménez Llamas
Magistrados
En la ciudad de Murcia, a veinte de abril del año dos mil siete.
Vistos por la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio ordinario, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Murcia y seguidos ante el mismo con el nº 58/06, Rollo nº 375/06, en los que figura como demandante la Sociedad Montepiedra S.A., representada por el Procurador Sr. Berenguer López y defendida por el Letrado Sr. Ortega Martínez y como demandados don Romeo, "Hijos de Antonio Fenoll S.L" y la entidad "Proambiente S.L." representados por el Procurador Sr. Jiménez Martínez y defendidos por el Letrado Sr. Zambudio Molina; los cuales penden ante esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 13 de junio de 2.006, dictada por el referido Juzgado, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Jaime Giménez Llamas, que expresa el parecer de la Sala.
La expresada resolución contiene el siguiente: "FALLO": "Que estimo la demanda interpuesta por el Procurador D. FRANCISCO JAVIER BERENGUER LÓPEZ, en nombre y representación de "MONTEPIEDRA S.A." y condeno a don Romeo, "Hijos de Antonio Fenoll S.L." y "Proambiente S.L., a que, solidariamente ejecuten las obras necesarias para la clausura del vertedero descrito en la demanda, en la forma que se estable en la forma C del informe pericial aportado con la demanda, bajo apercibimiento de que, en caso de que no lo cumplan, se ejecutarán a su costa, con un límite de 198.361,12 euros.
Todo ello, con expresa condena en costas a la parte demandada solidariamente".
Contra la misma se preparó e interpuso por escrito, en tiempo y forma, por la parte demandada, recurso de apelación, con alegación de los motivos en que basaba la impugnación, el cual fue admitido a trámite, dándose traslado del referido recurso a las demás partes a fin de que pudieran oponerse al mismo o impugnar a su vez la resolución apelada en lo que les resultara desfavorable.
Por el Juzgado se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Cuarta donde se registraron con el número 375/06 de Rollo. Tras personarse las partes, por providencia del día 27 de marzo de 2.007, se señaló el día 20 de abril siguiente, para la votación y fallo de la causa, que ha sido sometida a deliberación de la Sala.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Por la parte demandada se pretende que se revoque la sentencia dictada en primera instancia y que, en su lugar, se dicte otra por la que se desestime la demanda en la que se le condena a que ejecute las obras necesarias a fin de dejar el vertedero objeto del contrato, de acuerdo con un informe pericial que figura en las actuaciones. Como fundamento de su pretensión, los apelantes alegan, error en la apreciación de la prueba y su actuación de buena fe en la limpieza del vertedero.
El mencionado error en la apreciación de la prueba, lo deducen los apelantes,...
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