SAP Barcelona, 29 de Julio de 2002
Ponente | VICTORIANO DOMINGO LOREN |
ECLI | ES:APB:2002:8177 |
Número de Recurso | 345/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 29 de Julio de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª |
SENTENCIA Núm.
Ilmos. Sres.
D/Dª. RAMON FONCILLAS SOPENA
D/Dª. VICTORIANO DOMINGO LOREN
D/Dª. AMELIA MATEO MARCO
En la ciudad de Barcelona, a veintinueve de julio de dos mil dos.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoseptima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de procedimiento verbal nº 573-2001, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 48 de Barcelona, a instancia de D/Dª. Carlos Jesús representado/a por el/la Procurador/a D/Dª. Carles Arcas Hernandez y dirigido/a por el/la Letrado/a D/Dª. Sandra Puig Garcia, contra D/Dª. Sebastián , Geriatrico Deis SL. y Residencia Portal del Angel, representado/a por el/la Procurador/a D/Dª. Jaume Romeu Soriano, y dirigido/a por el/la Letrado/a D/Dª. Juan José Cabello Francisco; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por Geriatrico Deis SL. contra la Sentencia dictada en los mismos el día 21-11-01, por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por el procurador Sr. Arcas en nombre y representación de d. Carlos Jesús debo condenar y condeno a las demandadas Gariatrico Deis SL., Residencia Portal del Angel y D. Sebastián , conjunta y solidariamente a que abonen a la actora la cantidad de doscientas setenta y cinco mil pesetas (275.000 ptas) mas intereses legales desde el 5 de junio de 2001 y hasta el completo pago con imposición de costas a las demandadas.".
Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por Geriatrico Deis SL. y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas las mismas, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 22-7-02, con el resultado que obra en la precedente diligencia.TERCERO.- En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el/la Iltmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. VICTORIANO DOMINGO LOREN.
La sentencia considerando probados los hechos que sirven de base a la reclamación del actor - por la documental y testifical de autos así como por la ausencia de la parte demandada que no compareció a juicio - estima la demanda y condena conjunta y solidariamente a los tres demandados.
Se alza contra ella RESIDENCIA GERIÁTRICA DEIS SL. que alego en su recurso:
- el propio certificado aportado de contrario acredita que únicamente que durante los meses julio a diciembre del 2000 fueron ingresados en la cuenta del actor 6 pagares de importe cada uno de ellos de
55.000 y todo emitidos por la GERIÁTRICO DEIS SL. Pero en...
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