SAP Barcelona 471/2007, 16 de Octubre de 2007
Ponente | JORDI LLUIS FORGAS FOLCH |
ECLI | ES:APB:2007:13613 |
Número de Recurso | 542/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 471/2007 |
Fecha de Resolución | 16 de Octubre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 15ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
SECCIÓN DÉCIMO QUINTA
ROLLO núm. 542/2006 Sección 2ª
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 89/2005
JUZGADO MERCANTIL NUM. 3 DE BARCELONA
SENTENCIA Núm.
Ilustrísimos Señores Magistrados:
D. IGNACIO SANCHO GARGALLO
D. LUIS GARRIDO ESPA
D. JORDI LLUÍS FORGAS i FOLCH
En la Ciudad de Barcelona, a dieciséis de octubre de dos mil siete.
Vistos, en grado de apelación, ante la Sección Quince de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario número 89/2005, seguidos ante el Juzgado de lo Mercantil número Tres de Barcelona, a demanda de BAIL INVESTISSEMENT SUCURSAL EN ESPAÑA contra COMPUTER ROBOT SL y Everardo los cuales penden ante esta Superioridad en virtud de recurso de apelación interpuesto por el último litigante citado contra la Sentencia de veinticinco de abril de dos mil seis dictada por dicho Juzgado.
La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor siguiente:
"Estimando la demanda interpuesta por la entidad mercantil BAIL INVESTISSEMENT SUCURSAL EN ESPAÑA se condena conjunta y solidariamente a la entidad mercantil COMPUTER ROBOT S.L. y a su administrador, D. Everardo, al pago conjunto y solidario de la suma de 65.347,24 euros, intereses y costas".
Comparecieron en esta alzada en calidad de parte apelante el indicado demandado representado por la Procuradora de los Tribunales Susana Pérez de Olaguer Sala y asistido de Letrado. Como apelada compareció la parte demandante representada por el Procurador de los Tribunales Ignacio López Chocarro y asistida por Letrado.
Para la votación y fallo del recurso se señaló la audiencia del día diecinueve de septiembre del año en curso.
Es ponente el Ilustrísimo Señor Magistrado D. JORDI LLUÍS FORGAS i FOLCH.
La sentencia de primera instancia condenó a Computer Robot SL y a Everardo al pago del importe reclamado por Bail Investissement (Succursal en España). La condena al pago de la deuda social generada por la citada sociedad demandada se hizo extensiva al administrador codemandado, el Sr. Everardo, como consecuencia de la responsabilidad establecida en el artículo 105.5 de la LSRL. Este pronunciamiento es el que, en esta alzada, combate el referido administrador.
En cuanto al débito social reclamado en la demanda se ha de recordar lo que la sentencia de primera instancia dijo, acertadamente, al respecto, que el arrendador tiene derecho a percibir no sólo las rentas debidas sino también las posteriores a la resolución del contrato de alquiler, computadas hasta la fecha de la efectiva entrega de la posesión del inmueble arrendado. El concepto del devengo lo es no tanto porque sean consideradas rentas sino indemnización por daños y perjuicios padecidos por el arrendador hasta que no recupera el bien arrendado por causas sólo imputables al arrendatario y que éste ha de resarcir. En este sentido se reclaman en las presentes actuaciones 15.865,90 euros en concepto de rentas...
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