SAP Girona 182/2007, 25 de Abril de 2007
Ponente | JOAQUIN MIGUEL FERNANDEZ FONT |
ECLI | ES:APGI:2007:564 |
Número de Recurso | 134/2007 |
Número de Resolución | 182/2007 |
Fecha de Resolución | 25 de Abril de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Girona, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIRONA
SECCION SEGUNDA
Rollo de apelación civil: nº 134/2007
Proviene: JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 1 SANT FELIU DE GUIXOLS
Procedimiento: nº 23/2006
Clase: procedimiento ordinario
SENTENCIA 182/2007.
Ilmos. Sres:
PRESIDENTE
D. JOSE ISIDRO REY HUIDOBRO
MAGISTRADOS
D. JOAQUIM FERNANDEZ FONT
D. JAUME MASFARRE COLL
Girona, a veinticinco de abril de dos mil siete.
En esta segunda instancia ha comparecido como parte apelante D. Rodolfo
Y Doña Encarna, representado/a por el/la Procurador/a Dña. ESTHER SIRVENT CARBONELL y defendido/a por el/la Letrada Doña INES OSUNA.
Ha sido parte apelada INVER Y ASOCIADO,S S.L., representado/a por el/la Procurador/a Dña. ROSA BOADAS VILLORIA y defendido/a por el/la Letrado D. FERNANDO VILLAROYA ARTIGAS.
El presente proceso se inició mediante la demanda presentada en nombre de D. Rodolfo y Doña Encarna contra INVER Y ASOCIADO S.L.
La sentencia que puso fin a la primera instancia dice en su parte dispositiva: "Desestimar la demanda interpuesta por la represenetación en autos de Rodolfo y Encarna contra INVER Y ASOCIADOS S.L. absolviendo a esta última de los pedimentos contenidos contra ella en el escrito de demanda con expresa imposición de costas a la parte actora."
En aplicación de las normas de reparto vigentes en esta Audiencia Provincial, aprobadas por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, ha correspondido el conocimiento del presente recurso a la Sección Segunda de aquélla.
En su tramitación se han observado las normas procesales aplicables a esta clase de recurso, habiendo efectuado las partes las alegaciones que pueden verse en los respectivos escritos presentados en esta segunda instancia, a los que se responde en los siguientes fundamentos jurídicos. Se señaló vista del recurso el día veintitrés de abril de dos mil siete.
Conforme a lo establecido en las indicadas normas de reparto, se designó ponente de este recurso al Ilmo. Sr. D. JOAQUIM FERNANDEZ FONT quien expresa en esta sentencia el criterio unánime de la Sala.
Con carácter previo a entrar en el estudio de los concretos motivos de recurso planteados contra la sentencia de primera instancia se hace ineludible valorar si los apelantes mantienen su legitimación activa para reclamar de la sociedad apelada el pago de una indemnización por la mala ejecución de una obra en la casa propiedad de aquellos.
De la prueba documental aportada por esta última junto a su escrito de oposición al recurso se desprendía de manera indiciaria que los apelantes ya no eran propietarios de la casa donde se habían ejecutado las obras que entendían defectuosas. Convocada vista de la apelación para que las dos partes pudieran efectuar las alegaciones que tuvieran por conveniente acerca de tal circunstancia, la Sra. Letrada defensora de los apelantes reconoció abierta y honestamente que estos habían vendido el indicado inmueble.
Este hecho reviste una importancia capital ya que de la demanda, tanto en lo que se refiere a su narración fáctica como a la concreta petición que deduce, se desprende que los apelantes no habrían realizado actuación alguna tendente a completar las obras y a reparar lo mal ejecutado. Lo anterior se vería corroborado por el hecho de que no se pidiese ninguna indemnización en concreto, a pesar de que se aportaba junto a dicho acto de alegaciones un informe pericial donde se...
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