SAP Ávila 360/2000, 23 de Octubre de 2000

PonenteJESUS GARCIA GARCIA
ECLIES:APAV:2000:515
Número de Recurso412/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución360/2000
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Ávila, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 360/2.000

ILTMOS. SRS. DEL TRIBUNAL

PRESIDENTE ACCIDENTAL:

DON JESÚS GARCÍA GARCÍA

MAGISTRADOS:

DON IGNACIO PANDO ECHEVARRÍA

DOÑA MARÍA PURA BUENO CLEMENTE

En Avila, a 23 de Octubre de 2.000.

Vistos ante esta Iltma. Audiencia Provincial en grado de apelación los autos de Juicio de Cognición nº125/99, Rollo de la Sala nº 412/2.000, procedentes del Juzgado de Primera Instancia de Arévalo; seguidos entre partes, de una como apelantes Dña. Carina y Doña Ariadna , asistidos en primera instancia por el Letrado D. Rafael de Vega Vara, y de otra como apelado D. Bernardo , asistido en primera instancia por el Letrado D. Ricardo Bustillo de Partearroyo.

Ha sido Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. D. JESÚS GARCÍA GARCÍA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia de Arévalo, en los autos de Juicio de Cognición nº 125/99, con fecha 14 de Julio de 2.000 se dictó sentencia cuya parte dispositiva contiene el siguiente FALLO: "Que estimando como estimo parcialmente la demanda interpuesta por el procurador de los Tribunales D. José Luis Sanz Rodríguez en nombre y representación de D. Bernardo contra Dª Carina y Dª Ariadna , representadas por la Procuradora Dª Isabel Millán Seco, debo condenar y condeno a las demandadas de forma solidaria a que realicen en el inmueble arrendado sito en la PLAZA000 nº NUM000 de Arévalo, las obras de reparación necesarias y que resultan del informe pericial elaborado por el arquitecto D. Juan Manuel y en concreto las siguientes:

a)En el sótano de la edificación reforzar la viga dañada mediante viga metálica y dotar a la bodega de mayor ventilación.b)El sellado de las grietas existentes en la escalera de subida a la planta primera y el posterior pintado de la zona reparada.

c)Reponer las grietas existentes en el tejado de la edificación y las tejas rotas así como el techo y humedades de la cocina.

Todo ello con el apercibimiento de que de no iniciarlas y concluirlas en el término que se les señale en ejecución de sentencia, serán ejecutadas o proseguidas por el actor a costa de las demandadas, y sin hacer declaración alguna en cuanto a las costas procesales causadas en esta instancia...".

SEGUNDO

Contra mencionada sentencia interpuso la parte demandada, Dña. Carina y Dña. Ariadna , el presente recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos, con traslado de la copia del escrito a la otra parte personada de conformidad con cuanto se dispone en el art. 734 de la LEC y presentado el oportuno escrito de impugnación del recurso, se remitieron los autos originales a esta Audiencia Provincial para su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El demandante D. Bernardo suscribió, en calidad de arrendatario, un contrato de inquilinato en fecha 19 de Septiembre de 1.958 con D. Pedro , como propietario de una casa sita en la PLAZA001 nº NUM001 , actualmente PLAZA000 nº NUM000 de Arévalo, para destinarla en su planta NUM002 a industria de relojería, teniendo una bodega en su planta NUM003 , y para dedicarla a vivienda del arrendatario en su planta NUM004 .

Fallecido el arrendador, el actor dirige su acción contra su viuda doña Carina y contra su hija doña Ariadna .

Pues bien, el actor, arrendatario ejercita acción contra las arrendadoras, usufructuarais y nuda propietarias del inmueble, a fin de que se realicen en el mismo las reparaciones necesarias para la conservación de vivienda y local arrendador en estado de servir para el uso convenido, al amparo de lo que dispone el art. 107 de la LAU de 1.964, en relación al art. 1554-2 del C.Civil.

Las obras que solicitó el demandante son el apuntalamiento del forjado del sótano para sustituir una de las viejas vigas que lo componen, que está dañada por la humedad, para colocar dos pilares de ladrillo y un par de vigas de metal, consolidando el resto de las vigas; rectificar y despejar una rejilla de ventilación orientada a la calle e instalar una nueva trampilla de acceso al sótano.

También solicitó como obras menores, arreglar una avería en la red de saneamiento del sótano; el sellado de grietas en la escalera de acceso, provocadas por el mal estado de la viga; reparación de goteras en el tejado, y reconstrucción del techo de la cocina, desprendido a causa de las...

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