ORDEN BSF/14/2012, de 30 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios de Civismo del Departamento de Bienestar Social y Familia, y se abre la convocatoria para el año 2012.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN
BSF/14/2012, de 30 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios de Civismo del Departamento de Bienestar Social y Familia, y se abre la convocatoria para el año 2012.
El Decreto 200/2010, de 27 de diciembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencias de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, atribuye al Departamento de Bienestar Social y Familia las competencias en materia de políticas para la inclusión social, la acción comunitaria, la coordinación y la gestión de la red de equipamientos cívicos y sociales, la sensibilización cívica y social y el apoyo a las entidades y al voluntariado.
De otra manera, y de acuerdo con el capítulo 8 del Decreto 332/2011, de 3 de mayo, de reestructuración del Departamento de Bienestar Social y Familia, corresponde a la Dirección General de Acción Cívica y Comunitaria fomentar el civismo y la dinamización sociocultural y de ocio, dirigir y coordinar programas de desarrollo comunitario, inserción social y de apoyo a colectivos y promover el asociacionismo y el voluntariado.
La primera convocatoria de los Premios de Civismo se hizo pública, de manera unificada, por la Orden de 6 de septiembre de 1995.
Cada uno de estos Premios de Civismo estimula y premia acciones y trabajos, realizados desde ámbitos profesionales y franjas de edad muy diferentes, que traten los valores cívicos o que propongan reflexiones y actuaciones sobre los mismos. El conjunto de los tres, con la diversidad de categorías que ofrece, pretende llegar a un espectro social lo más amplio posible.
En el marco de las competencias de la Dirección General de Acción Cívica y Comunitaria, se quiere continuar el reconocimiento y el impulso de las actuaciones cívicas a partir de los Premios de Civismo, que tienen el objetivo común de promover el civismo y pretenden potenciar todos aquellos comportamientos fundamentados en la tolerancia, la educación, la cultura, la urbanidad, el progreso, la amabilidad, la ciudadanía, el patriotismo y todos aquellos valores que estimulan y favorecen una buena convivencia entre las personas y el respeto para la libertad individual y colectiva.
Según la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y su reglamento de desarrollo, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, y el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones publicas y del procedimiento administrativo común;
En uso de las facultades que me otorga la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la Presidencia de la Generalidad, y la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones publicas de Cataluña,
Ordeno:
Aprobación de las bases
Aprobar las bases para participar en las convocatorias de los Premios mencionados en el artículo 2, las cuales se publican, respectivamente, en los anexos 1, 2 y 3 de esta Orden. Así mismo, se puede consultar a través de la dirección de Internet http://www.gencat.cat/benestarsocialifamilia/registres la relación de registros en los que se pueden presentar los trabajos que optan a alguno de estos Premios.
Convocatoria y categorías
Convocar los Premios de Civismo 2011, para el año 2012, que engloba los premios siguientes:
Premios de Civismo a la actuación cívica juvenil
XXVI Premio Jaume Ciurana
Premios de Civismo para obras y trabajos sobre civismo en lengua catalana
XXX Premio Serra i Moret
Premios de Civismo a los medios de comunicación
(XVII edición)
Órgano competente
El órgano competente para resolver esta convocatoria será la Dirección General de Acción Cívica y Comunitaria.
Presentación de solicitudes
Las solicitudes se deben presentar en el lugar y la forma indicada en las bases reguladoras, a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y hasta el 30 de abril de 2012, incluido.
Crédito e importe
La entrega del importe de los Premios está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el año 2012, e irá a cargo de la partida presupuestaria BE12D/483000100/323A/0000 de la Dirección General de Acción Cívica y Comunitaria, con un importe máximo de 37.000 .
Recuperación de los trabajos
Las memorias, los trabajos y las candidaturas no premiadas se podrán recoger, o solicitar su envío cuando se trate de localidades alejadas de Barcelona, hasta el 30 de noviembre de 2012 (1 o 2 meses después de la entrega de los Premios). Si no se solicitan, la Generalidad no se hará cargo de los materiales.
Vigencia de la Orden
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOGC.
Se deroga la Orden GAP/523/2010, de 4 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios de Civismo del Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas, y se abre la convocatoria para el año 2010 (DOGC núm. 5757, de 17.11.2010).
Contra el acto de convocatoria, que agota la vía administrativa, y las bases reguladoras, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 10.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la fecha de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya .
Con carácter previo, contra el acto de convocatoria, las personas interesadas podrán interponer recurso de reposición, de acuerdo con el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, ante el consejero de Bienestar Social y Familia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya .
Barcelona, 30 de enero de 2012
Josep Lluís Cleries i Gonzàlez
Consejero de Bienestar Social y Familia
Premios de Civismo a la actuación cívica juvenil
XXVI Premio Jaume Ciurana
Este Premio fue instituido por la Asociación Mossèn Batlle en memoria y homenaje a Jaume Ciurana i Galceran, antiguo scout y socio de la entidad.
Los Premios de Civismo a la actuación cívica juvenil quieren fomentar en los jóvenes el valor de la responsabilidad, la capacidad asociativa, el espíritu de servicio y el compromiso hacia la sociedad, y el amor y el respeto por la naturaleza.
La Dirección General de Acción Cívica y Comunitaria, de acuerdo con el Grup d'Antics Escoltes i Guies de la Fundación Josep Sans, los cuales fueron fundadores de estos Premios, convocan esta vigesimosexta edición de los Premios.
Bases
Primera
Categorías
Pueden optar al Premio Jaume Ciurana a la actuación cívica juvenil en las categorías siguientes:
Actuación cívica en favor de les personas.
Actuación cívica en la mejora del entorno natural.
Segunda
Destinatarios
El Premio Jaume Ciurana a la actuación cívica...
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