SAP León 106/2007, 5 de Diciembre de 2007

PonenteANTONIO MUÑIZ DIEZ
ECLIES:APLE:2007:1284
Número de Recurso86/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución106/2007
Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

LEON

SENTENCIA: 00106/2007

Recurso Apelación Núm. 86/07

Juicio Verbal de Faltas Núm. 60/07

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Núm. 1 de Astorga

SENTENCIA NUM. 106/07

En la Ciudad de León, a cinco de diciembre de dos mil siete.

VISTOS por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de esta Ciudad, constituida por el Ilmo. Sr. D. Antonio Muñiz Díez, en grado de apelación, los autos de Juicio Verbal de Faltas expresados anteriormente, habiendo sido partes como apelante, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE CALLE000 Nº NUM000 DE VEGUELLINA DE ORBIGO, y como apelada, Victor Manuel, siendo asimismo parte el MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Juzgado de Instrucción Núm. 1 de Astorga, en fecha de 17 de mayo de 2007, se dictó Sentencia cuya relación de Hechos Probados, que se acepta, es del tenor literal siguiente: "HECHOS PROBADOS: UNICO.- Resulta probado que desde el mes de noviembre del año 2006 Victor Manuel ha estado en posesión de la documentación relativa a la Comunidad de Vecinos de la CALLE000 nº NUM000 de Veguellina de Orbigo en calidad de depositario después de haber sido requerido en fecha 27 de octubre de 2006 a convocar Junta y el 9 de noviembre de 2006 a entregarlos tras haber sido designados los nuevos cargos, y concretamente Luisa como Presidenta.- Que el día 2 de noviembre del año 2006 Victor Manuel, a través de su abogado, en contestación al primer requerimiento de la Comunidad ofreció la entrega de los documentos en las oficinas de su empresa, sita en Veguellina de Orbigo, que volvió a reiterar en fecha 27 de diciembre de 2006 y en el mismo acto del juicio.- Que a finales del mes de agosto del año 2006 Victor Manuel vendió el piso de su propiedad perteneciente a la comunidad de la CALLE000 nº NUM000 de Veguellina de Orbigo.- Que a fecha de hoy no se ha producido en la citada comunidad la renovación de cargos según dispone la Ley de Propiedad Horizontal".

SEGUNDO

La parte dispositiva de la sentencia recurrida es del tenor siguiente: "FALLO: Que debo ABSOLVER Y ABSUELVO libremente a Victor Manuel de la falta de apropiación indebida de la que había sido denunciado en el presente pleito, declarando de oficio las costas procesales causadas".

TERCERO

Notificada dicha resolución a las partes, por la apelante se interpuso recurso de apelación, que fue admitido, dándose traslado a las demás partes para impugnar o adherirse al recurso, impugnándolo el Ministerio Fiscal y Victor Manuel, elevándose las actuaciones a esta Sección Segunda, en la que se ha sustanciado el oportuno recurso.

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Se aceptan, y dan por reproducidos, los de la Sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la Comunidad de Propietarios del edificio sito en la CALLE000 nº NUM000 de la localidad de Veguellina del Orbigo, se interpone recurso de apelación contra la sentencia de instancia que absuelve a Victor Manuel de la falta de apropiación indebida que se le imputaba.

SEGUNDO

Como motivo del recurso, interpuesto por la expresada Comunidad de Propietarios respecto al pronunciamiento absolutorio de la falta de apropiación indebida, se viene a alegar,...

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