SAP Barcelona 149/2007, 7 de Marzo de 2007

PonenteJOSE LUIS BARRERA COGOLLOS
ECLIES:APB:2007:769
Número de Recurso564/2005
ProcedimientoMENOR CUANTÍA
Número de Resolución149/2007
Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN PRIMERA

SENTENCIA Nº

Recurso de apelación nº 564/05

Procedente del procedimiento nº 597/04 Proc. ordinario

Tramitado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 54 de Barcelona

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por los Magistrados DON

JOSÉ LUIS BARRERA COGOLLOS, DÑA. Mª DOLORS PORTELLA LLUCH y DON ANTONIO RECIO CORDOVA actuando el primero de ellos como Presidente del Tribunal, ha visto el recurso

de apelación nº 564/05 interpuesto contra la sentencia dictada el día 22 de abril de 2005 en el

procedimiento nº 597/04 tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 54 de Barcelona, en el

que es recurrente DON Jose Ramón, y apelado DON Darío, previa deliberación, pronuncia en nombre de S.M. el Rey de España la siguiente

S E N T E N C I A

Barcelona, 7 de marzo de 2007

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: FALLO: Que estimando totalmente la demanda interpuesta por D. Darío contra D. Jose Ramón, DEBO CONDENAR Y CONDENO al demandado a devolver al actor todos los cuadros que se reclaman cuyas fotografías se acompañan como documentos nº 2 a 7 a la demanda, y para el caso de que no fuera posible tal restitución, al pago de la cantidad reclamada de 12.000€ en concepto de indemnización de daños y perjuicios, más los intereses legales correspondientes, así como al pago de las costas procesales.

SEGUNDO

Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.

Fundamenta la decisión del Tribunal el Magistrado Ponente DON JOSÉ LUIS BARRERA COGOLLOS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El demandante Don Darío, artista pintor, mantuvo durante cincuenta años relación de profunda amistad con el demandado Don Jose Ramón, llegando un momento en que el segundo ejerció de marchante del primero, disponiendo en su domicilio y a título de depositario, una serie de cuadros pintados por el citado profesional para su exhibición y venta.

Rota la relación, cambio de marchante o por la razón que fuere, el depositante reclama la devolución de sus telas al Sr. Jose Ramón (ex art. 1.775 C.C.) quien al contestar a la demanda, niega el depósito, afirma que es propietario, así como la ausencia de trato alguno con el artista desde hace al menos quince años, impugnando finalmente, por arbitraria, la valoración de aquellas.

La sentencia resulta estimatoria con razonamiento que esencialmente descansa en la fuerza probatoria de las testificales, coincidentes en lo sustancial y de cuya apreciación participa ahora el Tribunal tras el visionado del soporte informático donde quedó impresionado el juicio de instancia. Hubo depósito y no compraventa.

También se rechaza la prescripción en su doble proyección de extintiva y adquisitiva, pues aún pudiendo haber transcurrido más de quince años desde la entrega, en ese término se produjeron requerimientos y conversaciones entre los interesados e incluso con el nuevo marchante, que impedirían tanto la desaparición de la acción reclamatoria, como la posibilidad de usucapir.

SEGUNDO

La parte condenada se alza en recurso, prácticamente insistiendo en lo ya expuesto en la primera instancia, añadiendo alguna otra censura que también será de obligado tratamiento en la apelación.

----------Falta de claridad.- Esta motivación se ciñe a una serie de inconcreciones que han posibilitado la indefensión del litigante al haberse pronunciado el juzgado excediéndose de lo estrictamente solicitado por las partes, con una consecuente incongruencia extra petita.

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