ORDEN SLT/335/2012, de 30 de octubre, de modificación de la Orden SLT/570/2010, de 25 de noviembre, por la que se crea la estructura del Plan director de enfermedades del aparato respiratorio, y de la Orden SLT/571/2010, de 25 de noviembre, por la que se crea la estructura del Plan director de las enfermedades reumáticas y del aparato locomotor.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SALUD
Rango de LeyOrden

El artículo 62 de la Ley 15/1990, de 9 de julio, de ordenación sanitaria de Cataluña, creó el Plan de salud de Cataluña como el instrumento indicativo y el marco de referencia para todas las actuaciones públicas en la materia en el ámbito de la Generalidad de Cataluña. Asimismo, el artículo 64 de esta Ley establece que corresponde al departamento competente en materia de salud formular los criterios generales de la planificación sanitaria y también fijar los objetivos, los índices y los niveles básicos a alcanzar en las materias que se incluyen en el Plan de salud de Cataluña.

Este año, el Gobierno ha aprobado el Plan de salud de Cataluña para el periodo 2011-2015, que prevé como elementos transformadores del sistema sanitario el desarrollo de programas de salud, la transformación del modelo de atención y la modernización del modelo organizativo. En el ámbito de los programas de salud, la primera línea de actuación establece como primer proyecto a desarrollar e implantar los planes directores, con el propósito de dar respuesta a los problemas de salud de mayor impacto.

Los planes directores son instrumentos de información, estudio y propuesta mediante los cuales el departamento competente en materia de salud determina las líneas directrices para impulsar, planificar, coordinar y evaluar las actuaciones a desarrollar en el ámbito de actuación de este. El Plan director de enfermedades del aparato respiratorio fue creado mediante el Acuerdo de Gobierno GOV/235/2010, de 23 de noviembre, y su estructura quedó regulada por la Orden SLT/570/2010, de 25 de noviembre (DOGC núm. 5774, de 14.12.2010). El Plan director de las enfermedades reumáticas y del aparato locomotor fue creado mediante el Acuerdo de Gobierno GOV/237/2010, de 23 de noviembre, y su estructura quedó regulada por la Orden SLT/571/2010, de 25 de noviembre (DOGC núm. 5774, de 14.12.2010).

Las disposiciones mencionadas configuran los respectivos consejos asesores de los planes como el órgano asesor del departamento competente en materia de salud en el ámbito de actuación de las enfermedades del aparato respiratorio y de las enfermedades reumáticas y del aparato locomotor, respectivamente, con una estructura formada por la dirección del plan, un coordinador o coordinadora, un número máximo de vocales (60 y 80, respectivamente), y un secretario o secretaria. Para un mejor funcionamiento, el consejo puede ejercer sus funciones mediante una comisión permanente, que tiene una función más ejecutiva de coordinación de grupos de trabajo.

El Plan de gobierno de la Generalidad de Cataluña para el periodo 2011-2014 incluye en el eje Salud un ámbito de mejora de la eficiencia y la agilidad de la Administración sanitaria, con acciones orientadas a la simplificación de la estructura administrativa y del sector público, como el redimensionado de los órganos asesores y colegiados.

Por lo expuesto, y con este objetivo de simplificación de la estructura administrativa con respecto a los órganos asesores, mediante esta Orden se modifican la Orden SLT/570/2010, de 25 de noviembre, por la que se crea la estructura del Plan director de enfermedades del aparato respiratorio, y la Orden SLT/571/2010, de 25 de noviembre, por la que se crea la estructura del Plan director de las enfermedades reumáticas y del aparato locomotor, con el fin de reducir el número máximo de vocales del consejo asesor, que pasa a un máximo de 20 vocales. Se simplifica, adicionalmente, su forma de funcionamiento, dado que la reducción de las vocalías hace innecesario el funcionamiento en comisión permanente.

Se modifican, asimismo, las funciones asignadas en este órgano colegiado, con el fin de establecer los mecanismos adecuados para dar respuestas ágiles y eficientes, en el mínimo tiempo posible, a las necesidades detectadas. En esta línea, el Departamento de Salud está revisando los modelos asistenciales que aplica con el fin de realizar los cambios necesarios y dar una respuesta adecuada al reto que plantea el nuevo escenario social, económico, y demográfico. Este nuevo paradigma, que fundamenta la reordenación del sistema sanitario orientándola a la mejor resolución de los condicionantes y problemas del ámbito de la salud y sociales, propició la creación, por el Acuerdo GOV/108/2011, de 5 de julio, del Programa de prevención y atención a la cronicidad (DOGC núm. 5915, de 7.7.2011). Los planes...

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