SAP Almería 49/2007, 15 de Marzo de 2007
Ponente | JESUS MARTINEZ ABAD |
ECLI | ES:APAL:2007:309 |
Número de Recurso | 203/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 49/2007 |
Fecha de Resolución | 15 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Almería, Sección 3ª |
SENTENCIA Nº 49/07
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ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE:
Dª. TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZ
MAGISTRADOS:
D. JESÚS MARTÍNEZ ABAD
Dª. SOLEDAD JIMÉNEZ DE CISNEROS CID
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En la Ciudad de Almería a Quince de Marzo de dos mil siete.
La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, ha visto y oído en grado de apelación, rollo número 203/06, los autos de Juicio Ordinario procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Roquetas de Mar seguidos con el número 257/04, entre partes, de una como actor-apelante D. Rafael, representado por el Procurador D. Jesus Guijarro Martínez y dirigido por el Letrado D. José Javier Garrido Puig y, de otra como demandada-apelada Dª. Magdalena representada por el Procurador D. Juan García Torres y dirigida por la Letrada Dª. María del Carmen Moncada García.
Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.
Por el Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Roquetas de Mar en los referidos autos se dictó sentencia con fecha 27 de Febrero de 2006, cuyo Fallo dispone: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Guijarro Martínez, en representación de D. Rafael frente a Dª: Magdalena DEBO CONDENAR Y CONDENO la demandada a que tan pronto esta sentencia sea firme o se ejecute provisional o definitivamente realicen cumplido pago a la actora en la cantidad de 4.375,90 €, por las cuotas hipotecarias pagadas por el actor en el periodo de agosto de 1999 a octubre de 2003 así como el pago del interés legal de la citada cantidad desde la fecha de presentación de la demanda, no haciendo pronunciamiento alguno respecto a las costas causadas en la instancia".
Contra la referida sentencia y por la representación procesal de la parte actora se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a este Tribunal, donde se formó el rollo correspondiente y seguido el recurso por sus trámites, se denegaron las pruebas propuestas en esta alzada por la parte apelada y se señaló día para la votación y fallo, la que tuvo lugar el 9 de Marzo de 2007, solicitando en su recurso la parte apelante se dicte sentencia en la que revocando la dictada por el Juzgado de primera instancia, se condene a la demandada al pago del 44'35% de las cuotas hipotecarias reclamadas en la demanda. A su vez, la parte apelada, en su escrito de oposición al recurso, solicitó la integra confirmación de la sentencia de instancia.
En la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JESÚS MARTÍNEZ ABAD.
Frente a la sentencia de instancia, que estimando parcialmente las pretensiones deducidas en la demanda en reclamación de la mitad de la cuotas de amortización del préstamo hipotecario concertado por los litigantes con la entidad Caja Postal (en la actualidad BBVA) el 6-8- 1997, en las mensualidades correspondientes a Agosto de 1999 a Octubre de 2003, ambos inclusive, condena a la demandada al pago de la cantidad de 4.375'90 euros más intereses legales, interpone la parte actora recurso de apelación a fin de que se revoque la resolución combatida y, en su lugar, se condene a la contraparte al pago del 44'35% de las cuotas hipotecarias reclamadas.
La parte apelada, en trámite de oposición al recurso, solicitó la confirmación de la sentencia recurrida.
Alega la recurrente como primer motivo de impugnación que la sentencia apelada ha vulnerado las normas procesales al aplicar erróneamente tanto las reglas sobre distribución de la carga de la prueba consagradas en el art. 217.1 y 2 de la LEC como los requisitos que el art. 386 de la misma Ley exige para considerar acreditado, por vía de presunción, un hecho sobre el que no existe prueba directa, lo que lleva al Juzgador de instancia a la...
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