SAP Almería 217/2007, 6 de Julio de 2007

PonenteJESUS MARTINEZ ABAD
ECLIES:APAL:2007:463
Número de Recurso44/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución217/2007
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 217/07

En Almería a Seis de Julio de dos mil siete.

Vistos en grado de apelación por la Sección Tercera de esta AUDIENCIA PROVINCIAL constituida en Tribunal Unipersonal, conforme a lo dispuesto por el párrafo segundo del número segundo del artículo 82 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL, por el Iltmo. Sr. Magistrado D. JESÚS MARTÍNEZ ABAD el Rollo número 44/07 dimanante de Juicio de Faltas número 284/06 seguido por el Juzgado de Instrucción nº 1 de EL EJIDO por falta de Amenazas, interviniendo como apelante el acusado Franco, cuyas circunstancias personales constan en la sentencia apelada, defendido por el Letrado D. Emilio Lucas Marín, y como apelado el denunciante Jon, no personado en esta alzada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la Sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por el Sr. Juez del Juzgado de Instrucción nº 1 de El Ejido, en la referida causa se dictó Sentencia de fecha 14 de Noviembre de 2006, cuyos Hechos probados son del tenor literal siguiente:

"Que el día 19 de Julio de 2006, sobre las 14:00 horas el denunciante se encontraba con su motocicleta esperando introducirse en la cochera de su propiedad. En ese momento se aproximo el denunciado conduciendo su vehículo, frenando, retrocediendo y acelerando varias veces en dirección al denunciante, llegando incluso en una de dichas ocasiones a golpear la rueda delantera de la motocicleta del denunciante, ante lo cual este dejó la moto y se apartó de la misma, momento en el cual el denunciado, abandonó el lugar manifestándole al denunciante que la próxima vez no se le escaparía".

TERCERO

Dicha Sentencia contiene el siguiente Fallo:

"QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a Franco, como autor de una falta de amenazas, a la pena de multa de quince días con una cuota diaria de 6 euros, (90 euros), así como a las costas procesales.

QUE DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a Inmaculada de la falta por la que venia siendo enjuiciada, declarando en su caso las costas de oficio".

CUARTO

Por la representación procesal del acusado Franco se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación mediante escrito de fecha 22 de Diciembre de 2006 en el que se fundamentó la impugnación en base a los motivos que figuran en su escrito de recurso

QUINTO

El recurso deducido fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria que no formuló alegaciones en el plazo que le fue conferido.

SEXTO

Remitidas las actuaciones el 24-4-2007 se turnaron a este Tribunal, donde se formó Rollo de Sala, turnándose de ponencia y se trajeron los autos para sentencia en fecha 5 de Julio de 2007, habiéndose observado las prescripciones legales.

Se aceptan los consignados con tal naturaleza en la resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia, que le condena como autor de una falta de amenazas tipificada en el art. 620.2º del Código Penal, a la pena de quince días de multa a razón de seis euros de cuota diaria, interpone la defensa de la acusado recurso de apelación alegando, como único motivo de impugnación, el error en que a su juicio incurre la resolución combatida en la valoración de la prueba al considerarlo responsable de la infracción penal por la que ha sido condenado pese a no haberse producido prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia toda vez que la versión expuesta por el denunciante es la única que el Juzgador "a quo" ha tenido en cuenta para formar su convicción prescindiendo de las explicaciones que dio el acusado en el escrito de descargo que su Letrado presentó en el juicio.

Debemos decir al respecto que la valoración de la prueba llevada a efecto por el juzgador de instancia en uso de la facultad que le confieren los art. 741 y 973 de la LECrim y sobre la base de la actividad desarrollada en el juicio Oral, la observancia de los principios de inmediación, oralidad y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR