SAP León 54/2005, 1 de Marzo de 2005

PonenteJOSE LUIS GOIZUETA ADAME
ECLIES:APLE:2005:318
Número de Recurso366/2004
Número de Resolución54/2005
Fecha de Resolución 1 de Marzo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 3ª

D. LUIS ADOLFO MALLO MALLOD. MIGUEL ANGEL AMEZ MARTINEZD. BALTASAR TOMAS CARRASCO

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN TERCERA

LEÓN

Rollo PTO. ABREVIADO 6/04

Autos Pto. Abreviado 9/04

Juzgado de Instrucción nº 3 de LEÓN

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León, integrada por los Ilmos. Sres. D. LUIS ADOLFO MALLO MALLO, Presidente; D. MIGUEL ANGEL AMEZ MARTINEZ, Magistrado; y D.

BALTASAR TOMÁS CARRASCO; actuando el Ilmo. Sr. D. MIGUEL ANGEL AMEZ MARTINEZ

como Ponente, pronuncia en nombre del Rey y en virtud de la potestad jurisdiccional atribuía

constitucional y orgánicamente la siguiente.

S E N T E N C I A Nº 3/2.005

En León a uno de marzo de dos mil cinco.

VISTA en juicio oral y público la causa del Procedimiento Abreviado nº 9/04, procedente del Juzgado de Instrucción nº 3 de León, y registrado en esta Sala como Rollo nº 6/04, seguida por un supuesto delito contra la salud pública, en el que figuran:

Como parte acusadora el MINISTERIO FISCAL, ejercitando la acción pública, y

II) Como acusado Juan Pedro , titular del D.N.I. NUM000 , nacido el 27 de julio de 1963 en Avilés (Asturias), hijo de Agustín y Francisca, con domicilio en DIRECCION000 , DIRECCION001 , Gozón (Asturias), con antecedentes penales, y en situación de libertad provisional por esta causa. Asistido por el Letrado D. Alberto Santos García y representado por la Procuradora Dª Ana Mª Pascua Aparicio.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucxción nº 3 de León, con fecha 22 de julio de 2.003, se dispuso la incoación de Diligencias Previas nº 2247/03, y seguidos los trámites que obran en autos se acordó por Auto de 13 de enero de 2004, su continuación como Procedimiento Abreviado, acordándose remitir la causa a esta Sala por proveido de fecha 20 de septiembre de 2004 para su enjuiciamiento.

SEGUNDO

Recibidos en esta Sección dicha causa, y ante el hecho de haber sido expulsado de España el acusado Ismael (cuya verdadera identificación era Baltasar ), se siguió la causa únicamente contra Juan Pedro , por Auto de 18 de enero de 2005 se declaran pertinentes las pruebas propuesta, señalándose para dar comienzo a las sesiones del Juicio Oral el día 28 de febrero de 2.005, en el que tuvo lugar la celebración del correspondiente juicio.

TERCERO

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, consideró los hechos a enjuiciarse como constitutivos de un delito contra la Salud Pública del art. 368 inciso 1º del Código Penal, siendo su autor el acusado Juan Pedro , para quien solicitó la pena de 6 años de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por tiempo de 6 años, 64,98 euros de multa y costas; así como el comiso de la droga.

CUARTO

La defensa del acusado, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos como no constitutivos de delito alguno, solicitando su libre absolución.

UNICO.- El día 14 de julio de 2003, con ocasión de llevarse a cabo un registro en la celda del Centro Penitenciario de León que ocupaba Ismael (cuya verdadera identidad ha resultado ser Baltasar y ha sido expulsado de España), se encontró, en el dobladillo...

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