SAP Segovia 89/2006, 16 de Noviembre de 2006

PonenteGONZALO CRIADO DEL REY TREMPS
ECLIES:APSG:2006:312
Número de Recurso115/2006
ProcedimientoAPELACION JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución89/2006
Fecha de Resolución16 de Noviembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Segovia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SEGOVIA

SENTENCIA: 00089/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEGOVIA, Sección Única

PENAL

RECURSO DE APELACIÓN Nº 115 / 2006

Juicio de Faltas Nº 41/06

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción

Nº 2 de Segovia

SENTENCIA Nº 89 / 2006

En la ciudad de Segovia a dieciséis de Noviembre de dos mil seis.

El Ilustrísimo señor Magistrado de esta Audiencia Provincial don Gonzalo Criado del Rey Tremps, ha visto en grado de apelación contra sentencia, los autos de Juicio de Faltas Nº 41/06 del Juzgado de Instrucción nº 2 de Segovia, en el que consta como recurrente la procuradora doña Alicia Martín Misis en representación de doña María del Pilar, asistido del letrado doña María Elena Martín Martín, y como recurrido el letrado Alberto López Villa en nombre y representación de doña Natalia, y por otra son Juan Carlos asistido del letrado doña María Elena Martín Martín, y el MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

El Juzgado de Instrucción, con fecha 11 de Mayo de 2006 dictó sentencia nº 53/06 en el procedimiento de que dimana el presente recurso, cuyo supuesto de HECHOS PROBADOS, es como sigue:

"Único.- De la apreciación conjunta de la prueba practicada, resulta probado y así se declara que María del Pilar desde el día 6 de diciembre de 2005 recibió distintos correos electrónicos procedentes de una cuenta de hotmail "satup_ina@hotmail.com" con contenidos tales como "VAS A MORIR PUTA ZORRA", " María del Pilar CON ESA BOCAZA LA TIENES QUE CHUPAR QUE TE CAGAS", "HOLA María del Pilar SE DONDE VIVES SE POR DONDE VAS, SE QUE VAS SOLA", "¿DE VERDAD QUE QUIERES SABER QUIEN SOY?", "VES DEMASIADO CSI". María del Pilar creyó que podían haberle sido remitidos por una compañera de clase, Natalia, y el novio de María del Pilar remitió mensajes de texto al teléfono de ésta desde su propio teléfono móvil en la que preguntaba por la cuenta en cuestión."

Segundo

Dicha sentencia, en su parte dispositiva, dice así:

Que debo absolver y absuelvo a Natalia y a Juan Carlos, declarando de oficio las costas del juicio.

Tercero

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por doña María del Pilar, las que fueron admitida a trámite, dándose traslado de la misma a las demás partes para que presentaran escrito de adhesión o de impugnación al recurso; transcurrido el plazo señalado se remitieron las actuaciones a esta Sala.

Cuatro.- Recibidos los autos en este Tribunal, registrados y formado rollo, se pasaron las actuaciones al Magistrado Ponente para dictar la resolución procedente, habiéndose observado en esta segunda instancia las prescripciones legales del procedimiento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Segovia se absolvió a Natalia de los hechos denunciados por María del Pilar y consistentes en la recepción en su ordenador de unos correos electrónicos que procedían de unos ordenadores que estaban instalados en la Escuela de Informática de Gestión sita en la Plaza de Santa Eulalia de la Ciudad de Segovia de la que tanto la denunciante como la denunciada eran alumnas. Dichos correos electrónicos tenían un contenido insultante, el recibido el 6 de diciembre de 2.005 y amenazante el recibido el 19 de diciembre.

Contra dicha sentencia interpuso la Representación Procesal y Asistencia Letrada de la referida denunciante, María del Pilar, recurso de apelación basado en el error en la valoración de la prueba, al que se opuso la Asistencia Letrada...

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