SAP Alicante 270/2013, 15 de Marzo de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución270/2013
Fecha15 Marzo 2013

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN PRIMERA

ALICANTE

PLZ. DEL AYUNTAMIENTO, nº 4-2ª planta

Tfno: 965.93.59.39-40

Fax: 965.93.59.51

NIG: 03014-37-1-2013-0001716

Procedimiento: APELACION JUICIO DE FALTAS Nº 000031/2013- - Dimana del Juicio de Faltas Nº 001300/2011

Del JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 1 DE ALICANTE

Apelante Rafaela

Abogado NADIA EL HARRAK EL AMIRI

Apelado/s Luis Pedro

Abogado CARMEN PILAR FERRE FERRE

SENTENCIA Nº 000270/2013

En la ciudad de Alicante, a Quince de marzo de 2013.

EL/LA ILTMO./A. SR./A. D./Dª JOSÉ ANTONIO DURÁ CARRILLO, Magistrado/a de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de ALICANTE, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la Sentencia de fecha 22 de noviembre de 2012 dictada por el JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 1 DE ALICANTE en el Juicio de Faltas - 001300/2011, por habiendo actuado como parte apelante Rafaela, representado por el Procurador Sr/a. y dirigido por el Letrado Sr./a. EL HARRAK EL AMIRI, NADIA, y como parte apelada Luis Pedro, representado por el Procurador Sr./a. y dirigido por el Letrado Sr./a. FERRE FERRE, CARMEN PILAR.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Son HECHOS PROBADOS de la Sentencia apelada, los del tenor literal siguiente: En aras

a la brevedad se dan por reproducidos los hechos probados de la Sentencia de instancia.

Segundo

El FALLO de dicha Sentencia recurrida literalmente dice: "En aras a la brevedad se da por reproducido el fallo de la sentencia de instancia.".

Tercero

Contra dicha Sentencia, en tiempo y forma y por la representación procesal de Rafaela se interpuso recurso, que fue admitido a trámite elevándose las actuaciones a esta Audiencia donde se formó el Rollo Nº 000031/2013 de esta Sección, tras haber dado traslado del mismo a las otras partes. Cuarto.- En la sustanciación de ambas instancias del presente proceso se han observado todas las prescripciones legales procedentes.

SE ACEPTA el Antecedente de HECHOS PROBADOS de la Sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El recurso de apelación, interpuesto por la Acusación Particular con oposición del Ministerio

Fiscal y de la defensa que interesa su confirmación, al ser la sentencia conforme a derecho, pretende una modificación de los hechos declarados probados mediante una revisión de la valoración de la prueba personal practicada en la instancia. Al respecto hay que recordar la numerosa Jurisprudencia existente entre la que hay que destacar la sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional de 18 de septiembre de 2002 que establece en el último párrafo de su Fundamento Jurídico Primero que: "En casos de apelación de sentencias absolutorias, cuando aquélla se funda en la apreciación de la prueba, si en la apelación no se practican nuevas pruebas, no puede el Tribunal ad quem revisar la valoración de las practicadas en primera instancia, cuando por la índole de las mismas es exigible la inmediación y la contradicción".

En consecuencia, el criterio unánime del Pleno del Tribunal Constitucional es que, en las pruebas que exigen la inmediación y la contradicción para su valoración, no puede el tribunal de apelación sustituir el criterio del Juez a quo, ya que carece en tales casos de las condiciones exigidas por el Convenio Europeo para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales (CEDH).

Reiteran los argumentos de la anterior resolución las sentencias 170/2002 de 30 de septiembre y 200/2002 de 28 de octubre, y obligan a respetar la valoración probatoria realizada por el juez a quo sobre las pruebas que requieren haber sido presenciadas directamente por el órgano judicial ante el que se practicaron, salvo, claro está, los supuestos de valoraciones irrazonables o arbitrarias, consecuencia del principio de tutela judicial efectiva que traería como consecuencia necesaria la anulación de la sentencia, pero no sustituir directamente la valoración por otra.

En el presente caso la valoración de la prueba realizada por el Magistrado del Juzgado de Instrucción nº 1 de Alicante esta basada en los...

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