SAP Baleares 269/2006, 9 de Junio de 2006
Ponente | CATALINA MARIA MORAGUES VIDAL |
ECLI | ES:APIB:2006:938 |
Número de Recurso | 230/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 269/2006 |
Fecha de Resolución | 9 de Junio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Baleares, Sección 3ª |
MARIA ROSA RIGO ROSELLOGUILLERMO ROSELLO LLANERASCATALINA MARIA MORAGUES VIDAL
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
PALMA DE MALLORCA
SENTENCIA: 00269/2006
Rollo: RECURSO DE APELACION 0000230 /2006
S E N T E N C I A Nº 269
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
Dª Mª ROSA RIGO ROSSELLO
MAGISTRADOS:
D. GUILLERMO ROSSELLO LLANERAS
Dª CATALINA MORAGUES VIDAL
En PALMA DE MALLORCA, a nueve de Junio de dos mil seis.
VISTOS por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio VERBAL, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número Uno de Palma, bajo el número 750/2005, ROLLO de SALA número 230/2006, entre partes, de una como actora apelante Dª Erica, representada por la Procuradora Sra. Montojo Ripoll y asistida del Letrado Sr. Llaneras Llull; de otra, como demandada apelada ALLIANZ representada por el Procurador Sr. Bujosa Socías y asistida del Letrado Sr. Roca.
ES PONENTE la Magistrada Ilma Sra. Dª CATALINA MORAGUES VIDAL .
Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado , se dictó sentencia en fecha 15 Diciembre 2005, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Dña. Erica contra la entidad Allianz, debo condenar y condeno a dicha demandada a abonar a la actora la suma de quinientos cincuenta y dos euros con cincuenta y cuatro céntimos (552,54 euros) más los intereses legales del artículo 20 LCS desde la fecha del siniestro (16 de noviembre de 2004).- No procede condena expresa en costas, debiendo satisfacer cada parte las causadas a su instancia y las comunes por mitad.".
Contra la expresada sentencia, y por la representación de la parte actora se interpuso recurso de apelación, que fue admitido y seguido el recurso por sus trámites se señaló para el día 7 de junio la deliberación, votación y fallo, quedando el recurso concluso para sentencia.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los de la sentencia apelada
Dña. Erica presentó demanda contra la aseguradora Allianz Ras, en reclamación de la cantidad de 552,54 euros, importe del alquiler de un vehículo durante el tiempo en que el de su propiedad, .... VWX, permaneció en el taller de reparación por los daños que le produjo el turismo UH-....-SL en la colisión habida el 16 de noviembre de 2004, cuando el primero se hallaba detenido. La antedicha cantidad se reseña en el encabezamiento de la demanda, en el hecho Tercero de dicho escrito inicial, en el suplico y en el Otrosi digo relativo a la cuantía del procedimiento.
Admitida a trámite la demanda, se dio traslado de la misma a la aseguradora demandada, citándose a las partes para la vista a celebrar el día 15 de diciembre de 2005 a las 12,30. En dicho acto la parte actora ratificó la demanda a excepción del nombre del conductor, y, la parte demandada, se allanó solicitando la no imposición de costas, dictándose la sentencia a continuación.
La parte actora impugna dicha resolución solicitando de este Tribunal se decrete la nulidad de actuaciones alegando que, luego de la vista, se dio cuenta de que había sufrido un error aritmético en la cuantificación de la suma reclamada pues realmente ascendía a 2.247,95 euros; que la parte demandada había actuado de mala fe, y que el Juzgado le había causado indefensión al no haber proveído con anterioridad al dictado de la sentencia su escrito poniendo de manifiesto lo sucedido y solicitando la nulidad de la vista.
La parte...
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