SAP Valencia 343/2006, 6 de Junio de 2006

PonenteJOSE ENRIQUE DE MOTTA GARCIA-ESPAÑA
ECLIES:APV:2006:1943
Número de Recurso323/2006/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución343/2006
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 10ª

ª

SENTENCIA Nº 343-06

SECCIÓN DECIMA:

Ilustrísimos Sres.:

Presidente, D. José Enrique de Motta García España

Magistrados:

Dña. Mª Pilar Manzana Laguarda

D. Carlos Esparza Olcina

En Valencia a, seis de junio de dos mil seis.

Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de medidas hijos extramatrimoniales nº 1155-05, seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 24 de Valencia, entre partes, de una como demandante-apelado, D./Dª. Bárbara, dirigido por el Letrado D./Dª Miguel Armengot Gómez, y representado por el Procurador D./Dª Eva Badias Bastida, y de otra como demandado-apelante, D./Dª. Jose Pedro, dirigida por el letrado D./Dª José B. Hernández Torrijos y representada por el Procurador D./Dña. Raul Martinez Gimenez. Es parte el MINISTERIO FISCAL.

Es ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. José Enrique de Motta García España.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez de Primera Instancia nº 24 de Valencia, en fecha 1 de febrero de 2006, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es como sigue : "Que estimando parcialmente la demanda instada por la representación de doña Bárbara contra D. Jose Pedro, se acuerdan las siguientes medidas en relación a su hija menor:

  1. ) Se atribuye a Dª Bárbara la guarda y custodia de la hija menor de los litigantes, compartiendo éstos la patria potestad sobre la misma.

  2. ) Como régimen de visitas se acuerda el detallado en el Fundamento de Derecho primero de la presente resolución, en la modalidad de supervisión en el Centro PEF, cuyo contenido es:

    1. - CONTENIDO:

      Entregas y recogidas en el Punto de Encuentro.

      El primer contacto con el Punto de Encuentro consistirá en una entrevista realizada por la Trabajadora Social para conocer a la familia y valorar la problemática existente.

    2. - FINALIDAD:

      2.1) Constatar que la visita se produce o no en el horario establecido sin altercados en el momento de la entrega o recogida ofreciendo un marco sereno y de confianza para el menor.

      2.2) Proteger al menor, de modo que ante un grave riesgo para el menor se cancelará la visita.

    3. - PROFESIONAL ENCARGADO: Letrado de guardia con el auxilio de un miembro del Equipo Técnico y del personal auxiliar.

    4. - CONUMICACIONES DEL PEF AL ORGANO DERIVANTE: Partes de incidencias.

      4.1) Contenido del parte de incidencias:

      falta de puntualidad o inasistencia de alguna parte (se adjuntará el justificante que haya sido aportado por el interesado).

      Cambios puntuales de las visitas (se adjuntará el acuerdo suscrito por las partes).

      Negativa del menor a marchar con el progenitor no custodio.

      Observaciones importantes que efectúe el profesional encargado en la entrega o recogida.

      4.2) No se efectuarán propuestas de modificación de medidas, permaneciendo como entidad neutral merecedora de la confianza de ambas partes.

    5. - PETICIONES DE LOS USUARIOS:

      5.1) Las modificaciones del régimen de visitas se propondrán por medio de los representantes legales de las partes al Juzgado.

      5.2) En caso de que ambos progenitores quieran ser apoyados en sus dificultades relativas al cumplimiento del régimen de visitas por el Equipo Técnico del Punto de Encuentro, deberán solicitar al Juzgado a través de su representación procesal ser incluidos en la Modalidad de Intervención, lo que podrá acordarse previo informe del Punto de Encuentro.

  3. ) D....

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