Aguas: la seguridad hídrica como concepto jurídico por construir

AutorIsabel Caro-Patón Carmona; Víctor Escartín Escudé
Páginas651-681
OBSERVATORIO DE POLÍTICAS AMBIENTALES 2022
ISABEL CARO-PATÓN CARMONA, VÍCTOR ESCARTÍN ESCUDÉ, “Aguas…”
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Aguas: la seguridad hídrica como concepto jurídico
por construir
Isabel Caro-Patón Carmona
Víctor Escartín Escudé
SUMARIO: 1. LA SEGURIDAD HIDRICA ENTRA EN ESCENA: A MODO DE
INTRODUCCIÓN. 2. LEGISLACION ESTATAL. 2.1. Sobre la reserva
mínima de embalses. 2.2. El Reglamento de grandes presas. 2.3. Real
Decreto 1159/2021, de 28 de diciembre, que reforma el reglamento de la
planificación hidrológica. 2.4. Fondo de restauración ecológica. 3. LA
LEY GALLEGA DE PESCA. 4. LAS DIRECTRICES EUROPEAS
SOBRE EL «DAÑO MEDIOAMBIENTAL». 5. ELPLAN DSEAR Y
ESTRATEGIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURAS VERDES. 5.1.
Plan DSEAR. 5.2. Estrategia Nacional de Infraestructura Verde y de la
Conectividad y Restauración Ecológicas. 6. JURISPRUDENCIA: 6.1.
Sobre la prescripción de las infracciones y sanciones en materia de aguas.
6.2. El canon por utilización de las aguas continentales para la producción
de energía eléctrica en las demarcaciones intercomunitarias. Nulidad
parcial del RD 198/2015, de 23 de marzo, por el que se desarrolla el
artículo 112 bis del TRLA. 6.3. Competencia para la limpieza ordinaria de
cauces. Una matización a la doctrina jurisprudencial existente. 6.4.
Doctrina jurisprudencial sobre los requisitos formales y materiales que
debe cumplir una instrucción. Las instrucciones de la Dirección General
del Agua relativas a los criterios a aplicar en la actualización del canon
concesional y a los principios de recuperación de costes. 6.5. Un retroceso
en la configuración jurídica y relevancia del informe de suficiencia y
disponibilidad de recursos hídricos en el procedimiento de aprobación de
instrumentos de planificación urbanística. 6.6. La sentencia del Tribunal
de Justicia sobre Doñana.
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RESUMEN: La producción normativa vuelve a ser fecunda en materia de aguas y deben
destacarse, sin duda, la incorporación del nuevo concepto jurídico de
seguridad hídrica, introducido por la Ley de cambio climático y la
regulación del procedimiento para admitir el deterioro adicional de masas
de agua, incluido en la reforma del reglamento de planificación
hidrológica. En lo que respecta a la Unión Europea, interpretamos y
comentamos la sentencia de Doñana y las Directrices sobre el daño
ambiental, que son dos textos bien complejos. El Tribunal Supremo nos ha
ofrecido dos relevantes giros jurisprudenciales: la competencia para la
limpieza de cauces se atribuye al Organismo de cuenca y se reduce el
ámbito objetivo del informe del art. 25 TRLA. En definitiva, un año repleto
de nuevos temas.
ABSTRACT: The regulatory production is once again fruitful in the field of water.
Undoubtedly it should be highlighted the incorporation of the new legal
concept of water security, introduced by the Law on climate change and
the regulation of the procedure for admitting the further deterioration of
bodies of water, included in the reform of the hydrological planning
regulation. With regard to the European Union, the Doñana ruling and the
Guidelines on environmental damage are commented. There are two
jurisprudential shifts in the Supreme Court's jurisprudence: the
competence for the cleaning of watercourses is attributed to the basin
organisation and the objective scope of the report of art. 25 TRLA is
reduced. In short, a year full of new issues.
PALABRAS CLAVE: Aguas. Seguridad hídrica. Planificación hidrológica. Gestión de
embalses. Sequía. Responsabilidad ambiental. Reparación de daños.
Deterioro adicional. Limpieza de cauces. Canon hidroeléctrico.
KEYWORDS: Water. Water security. Hydrological planning. Dam management.
Drought. environmental liability. Damage remediation. Further
deterioration. River cleaning. Hydroelectric levy.
1. LA SEGURIDAD HIDRICA ENTRA EN ESCENA: A MODO
DE INTRODUCCIÓN
El 3 de marzo de 2021 se celebraron los 95 años de la Confederación
hidrográfica del Ebro, primero de los Organismos de cuenca. Creados para
fomentar el uso productivo del agua y el desarrollo regional, gracias al
regadío y la producción hidroeléctrica, hoy la Administración hidráulica
busca su lugar entre ecologistas y usuarios. Como veremos, sobre el papel

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