STSJ Andalucía , 28 de Diciembre de 2006

PonenteRAFAEL SANCHEZ JIMENEZ
ECLIES:TSJAND:2006:10445
Número de Recurso220/2000/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA.

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN SEVILLA

SECCION TERCERA

RECURSO 220/2000

SENTENCIA

Iltmo. Sr. Presidente

Don Victoriano Valpuesta Bermúdez

Ilmos. Sres. Magistrados

Don Eloy Méndez Martínez

Don Rafael Sánchez Jiménez. (Ponente)

En la ciudad de Sevilla, a 28 de diciembre del año 2006. La Sala de lo Contencioso Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Andalucía, ha visto el recurso n.° 220/2000 interpuesto por la Asociación de Vecinos "Cortijo San Javier" representados por el Procurador D. Manuel A. Ruiz-Berdejo Gutiérrez y defendidos por el Letrado D. José Mª Soler Pérez, contra la desestimación presunta de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía de la solicitud de revisión de la Orden de 19-12-95, siendo parte demandada dicha Consejería, representado por el Letrado de la Junta de Andalucía. Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Don Rafael Sánchez Jiménez, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso, se presentó la demanda en el plazo legal, en base a los hechos y fundamentos jurídicos que se dan aquí por reproducidos en aras de la brevedad.

SEGUNDO

La demandada en el escrito de contestación a la demanda, se opuso a las pretensiones de la recurrente, y solicitó que se desestimase la misma.

TERCERO

El presente recurso no se ha recibido a prueba.

CUARTO

En la tramitación de la presente causa se han observado todos los requisitos legales, salvo determinados plazos procesales por la acumulación de asuntos que penden ante la Sala; habiéndose señalado para votación y FALLO el día de ayer en el que, efectivamente, se deliberó, votó y falló.

II FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Constituye el objeto de este recurso la desestimación presunta, por parte de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, de la solicitud de revisión de la Orden de 19-12-95 por la que se autorizan tarifas de agua potable de la Urbanización "San Javier" de las Gabias (Granada).

La parte actora alega, como fundamento de su pretensión, que la Resolución de 18 de febrero de 1999 del Presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir declaró la extinción de la autorización de 19 de enero de 1979 de alumbramiento de aguas subterráneas con destino a riego en el pago de Algoroz y en el Alférez, ambos ubicados en el término municipal de las Gabias, al modificarse el uso indicado en el título concesional al destinarse el agua al suministro domiciliario de agua potable a la Urbanización Cortijo de San Javier, lo que determina, según la actora, la nulidad radical de la Orden impugnada a tenor de lo dispuesto en el Art. 62.1 f) de la ley 30/92.

La demandada, por su parte, se opuso al recurso alegando la pérdida del objeto del recurso a la vista del convenio suscrito entre el Ayuntamiento de las Gavias y la...

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