Agrupación e informe de validación gráfica ivg. Errores irrelevantes y sentido pragmático en la aplicación de las normas.

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: En la agrupación de dos o más fincas no es necesario aportar el Informe de Validación Gráfica (IVG) de cada una de las fincas de origen, sino que basta el de la finca agrupada resultante. Como regla general hay que aplicar las normas con un sentido pragmático, sino se perjudica a nadie. En el presente caso, el error de ubicación de la construcción en una de las fincas de origen hay que rectificarlo, aunque después de la agrupación sea ya irrelevante.

Hechos: Se agrupan dos fincas, formando una tercera. De los datos catastrales y registrales aportados, resulta que se declaró erróneamente una edificación de tres naves sobre una de las dos fincas de origen (la situada al norte) cuando realmente se encuentra ubicada sobre la otra (la situada al Sur).

La registradora suspende la inscripción de la agrupación pues con los datos aportados ahora ha detectado un error en una de las fincas agrupadas ya que las naves están declaradas sobre la finca equivocada.

El notario autorizante considera la nota de calificación poco clara, aunque deduce que lo que se solicita es que se subsane el mencionado error de ubicación de las naves. Opone a ello, sin embargo, que ha de primar el sentido pragmático de aplicación del Derecho, ya que la subsanación de la ubicación de la obra nueva a nadie perjudica y, después de la agrupación, queda subsanado pues la...

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