SAP Alicante 183/2007, 18 de Febrero de 2007

PonenteANTONIO GIL MARTINEZ
ECLIES:APA:2007:635
Número de Recurso21/2006
Número de Resolución183/2007
Fecha de Resolución18 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN PRIMERA

ALICANTE

PLZ. DEL AYUNTAMIENTO, nº 4-2ª planta

Tfno: 965.93.59.39-40

Fax: 965.93.59.51

NIG: 03014-37-1-2007-0000996

Procedimiento: Rollo Sala (sumario) Nº 000021/2006- -

Dimana del Sumario Nº 000001/2006

Del JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 8 DE ALICANTE

SENTENCIA Nº 000183/2007

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Ilmos/as. Sres/as.:

Presidente:

D. ALBERTO FACORRO ALONSO

Magistrados/as:

D. ANTONIO GIL MARTÍNEZ

D. JOSÉ ANTONIO DURÁ CARRILLO

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En Alicante, a Veintiocho de febrero de 2007.

Vista en juicio oral y público por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de esta capital, integrada por los Ilmos. Sres. del margen, la causa procedente del Juzgado de Instrucción nº 8 de Alicante, seguida por delito de agresión sexual, contra el procesado Juan Carlos, de 26 años de edad, hijo de Guillermo y de Enarcisa, natural de Ecuador y vecino de Alicante, sin antecedentes penales; en libertad provisional por esta causa; representado por el Procurador Sra. Muñoz Sotes y defendido por la Letrada Dña. Esther González Guillén; siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal, representado por el Ilmo. Sr. D. Javier Moltó; actuando como Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO GIL MARTÍNEZ; y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que iniciada la causa como D. Previas 4811/05del citado Juzgado de Instrucción, se transformó en Sumario 1/06 y una vez declarado concluso y elevado a esta Sección donde se confirmó dicha conclusión, se dio traslado a las partes para calificación provisional y cumplimentadas se señaló día para el juicio que se celebró el 26 de los corrientes, tras haberse suspendido por incomparecencia de la perjudicada.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal en sus conclusiones elevadas a definitivas en el acto del juicio oral, calificó los hechos como constitutivos de un delito de violación del art. 179 del Código Penal y una falta de lesiones del art. 617 del mismo texto, concurriendo la circunstancia atenuante de embriaguez (art. 21, C.P.); del que considera autor al procesado, solicitando la pena de 6 años de prisión e inhabilitación especial durante el tiempo de la condena, y prohibición de acercarse a ala víctima a menos de trescientos metros, por el delito y dos meses de multa con cuota diaria de 12 euros, por la falta y costas; y a que indemnice a la perjudicada en 6.000 euros, por daños morales y al legal representante del Hospital General de Alicante en 155,89 euros (art. 193 C. Penal ).

TERCERO

La defensa, en el mismo trámite, solicitó la absolución por entender que los hechos no son constitutivos de delito alguno.

Durante la madrugada del día 22 de octubre, Juan Carlos, mayor de edad y sin antecedentes penales, se encontraba por la zona de ocio de Levante del Puerto de Alicante, habiendo consumido abundantes bebidas alcohólicas, donde coincidió en el pub "Popeye" con una conocida extranjera, que se encontraba con otros amigos a quienes le presentó, entre las que se encontraba Estela, de nacionalidad alemana, quienes también habían estado bebiendo abundantemente, continuando consumiendo todos juntos, hasta que en un momento determinado, sobre las 3,30 horas, Juan Carlos indicó a Estela la conveniencia de que ambos se fueran por separado al bar "Directo", donde la música era menos estridente y podrían bailar y cuando estuvieron allí tomaron alguna otra bebida y estuvieron bailando, intercambiándose besos y abrazos. Después, ambos se fueron al exterior y entraron en un aseo público de las instalaciones del puerto, donde el varón...

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