El agotamiento de la vía administrativa en el proceso laboral y el cómputo de plazos, o el rayo que no cesa

AutorLuisa María Gómez Garrido
CargoMagistrada especialista en la jurisdicción social. Presidenta de la Sala de lo Social del TSJ de Castilla-La Mancha
Páginas195-204
Revista de Derecho Laboral vLex
#9 · agosto 2023 195
u Reflexión monográfica
EL AGOTAMIENTO DE LA VíA ADMINISTRATIVA EN EL PROCESO LABORAL Y EL
CÓMPUTO DE PLAZOS, O EL RAYO QUE NO CESA
The prior exhaustion of the administrative remedy in the labour process and the
computation of time limits, or the lightning that does not stop
Luisa María Gómez Garrido
Magistrada especialista en la jurisdicción social
Presidenta de la Sala de lo Social del TSJ de Castilla La Mancha
Resumen: La reforma de la LRJS por la Ley 39/2015, ha incidido en el aspecto relativo a cuáles
sean los requisitos necesarios para demandar a una administración pública ante la jurisdicción
social. El debate se centra en si, fuera de la materia relativa a seguridad social, la desaparición de
la reclamación previa implica que no es ya necesario el agotamiento de la vía previa administrati-
va, salvo en los casos en que la administración actúa como autoridad y no como empleadora. En
dicho debate ha incidido la jurisprudencia iniciada a partir de la STS de 24 de julio de 2020, en la
que se afirma que, a la vista del art. 69.1 de la LRJS, ninguna materia queda excluida del agota-
miento de la vía previa administrativa, salvo los supuestos expresamente previstos en el art. 70
del mismo texto.
Palabras clave: Reclamación previa, agotamiento de la vía previa administrativa, recursos admi-
nistrativos, cómputo de plazos, instrucción de recursos.
Abstract: The reform of the LRJS by Law 39/2015, has affected the aspect related to what are
the necessary requirements to bring action against public administration to the labour jurisdic-
tion. The debate focuses on whether, apart from matters relating to social security, the disappea-
rance of the prior claim implies that it is no longer necessary to exhaust the prior administrative
route, except in cases in which the administration acts as an authority and not as employer. In
this debate, the jurisprudence initiated from the STS of July 24, 2020 has influenced, in which it
is stated that, in view of art. 69.1 of the LRJS, no matter is excluded from the exhaustion of the
prior administrative route, except in the cases expressly provided for in art. 70 of the same text.
Keywords: Previous claim, prior exhaustion of the administrative remedy, administrative reme-
dies, calculation of time limits, information on availability of administrative remedies.

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