Inmatriculacion. Aportacion a gananciales de finca adquirida con carácter privativo por confesion

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
Páginas283-284

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Hechos: Se otorga un documento privado de compraventa en 1998 en virtud del cual el vendedor don A transmite la propiedad de una finca a don B. La esposa del comprador comparece en ese documento privado y reconoce que el dinero invertido era privativo del esposo. Dicho documento tiene fecha fehaciente desde, al menos, 1999 al haber fallecido el vendedor

Posteriormente, en Septiembre de 2011, se eleva a público dicho contrato por los interesados (compareciendo los herederos del vendedor), y también la esposa del comprador que ratifica ante notario que la adquisición se efectuó con dinero privativo de su esposo don B. En la escritura siguiente de protocolo se aporta por el comprador don B dicha finca a su sociedad conyugal y se solicita la inmatriculación.

El registrador deniega la inscripción pues considera que son títulos instrumentales creados artificialmente al efecto para lograr la inmatriculación.

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Los interesados recurren y alegan que no hay tal instrumentalidad de los títulos, pues el primero contrato es de 1998, con fecha fehaciente desde 1999, aunque se formalice ante notario en 2011 y además lo otorgan los herederos del vendedor, por lo que consideran inaplicable la doctrina contenida en la Resolución...

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