DECRETO 154/2003, de 10 de junio, sobre la Comisión interdepartamental de coordinación de actuaciones de la Administración de la Generalidad dirigidas a la infancia y a la adolescencia con discapacidades o con riesgo de padecerlas.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

154/2003, de 10 de junio, sobre la Comisión interdepartamental de coordinación de actuaciones de la Administración de la Generalidad dirigidas a la infancia y a la adolescencia con discapacidades o con riesgo de padecerlas.

Con el Decreto 307/1993, de 28 de septiembre, se creó la Comisión interdepartamental para la coordinación de actuaciones de la Administración de la Generalidad dirigidas a los niños y adolescentes con disminuciones, para asegurar una adecuada coordinación del conjunto de actuaciones y porque la intervención de los diferentes equipos y servicios especializados, en el ámbito de sus funciones y competencias, se desarrollase con la máxima unidad de criterio posible.

El contenido del mencionado Decreto ha sido modificado ampliando la población objeto de esta Comisión interdepartamental al colectivo de la infancia y de la adolescencia considerado de riesgo: Decreto 96/1998, de 31 de marzo, en el cual se cambia el nombre de la Comisión; Decreto 211/1999, de 27 de julio, de modificación de la anterior referente a la presidencia, y Decreto 93/2000, de 22 de febrero, que cambia los órganos que ejercen la presidencia y vicepresidencia y deroga el Decreto 211/1999, de 27 de julio.

Visto el Decreto 253/2002, de 4 de noviembre, de creación y reorganización de diferentes departamentos, de modificación de las comisiones de gobierno y su composición y de determinación del número de departamentos en que se estructura la Administración de la Generalidad;

Visto el Decreto 284/2000, de 12 de noviembre, de estructuración y reestructuración parcial de diversos departamentos de la Administración de la Generalidad, por el cual se modifica el nombre del Departamento de Bienestar Social, que pasa a ser Departamento de Bienestar y Familia, y por el que se le adscriben la Dirección General de Atención al Menor, que pasa a denominarse Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia, y el Instituto Catalán del Acogimiento y de la Adopción, como también las secciones territoriales, de Atención al Menor, que pasan a denominarse secciones territoriales de Atención a Niños y Adolescentes, y visto que, en la misma norma, se crea la Secretaría de Servicios Penitenciarios, Rehabilitación y Justicia Juvenil, como también la Dirección General de Justicia Juvenil, adscritos al Departamento de Justicia e Interior;

Visto que el trabajo desarrollado durante diez años por la Comisión interdepartamental de coordinación de actuaciones de la Administración de la Generalidad dirigidas a la infancia y a la adolescencia con discapacidades o con riesgo de padecerlas pone de manifiesto la necesidad de adecuar la normativa vigente para que las directrices de la mencionada Comisión interdepartamental vinculen los departamentos implicados con el objeto de mejorar los niveles de colaboración y complementariedad entre los diferentes equipamientos, adecuar los servicios y las estructuras a las nuevas peticiones de atención y necesidades de los colectivos pertinentes, estableciendo estrategias para garantizar la vinculación y la continuidad en los procesos de atención y, si es necesario, plantear nuevos modelos organizativos de los servicios.

Visto que el objetivo principal de la Comisión interdepartamental de coordinación de actuaciones de la Administración de la Generalidad dirigidas a la infancia y a la adolescencia con discapacidades o con riesgo de padecerlas es coordinar las actuaciones en el usuario para dar una respuesta integral a sus necesidades sanitarias, educativas y sociales.

Visto que, según ha quedado demostrado con las pruebas piloto de coordinación territorial que se han llevado a cabo, para...

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