STSJ Galicia , 20 de Enero de 2005
Ponente | JOSE MARIA ARROJO MARTINEZ |
ECLI | ES:TSJGAL:2005:57 |
Número de Recurso | 4999/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 20 de Enero de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO 02 /0004999 /2001 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:
SENTENCIA N° 7/ 2.005 Ilmos. Sres.
DON JUAN CARLOS TRILLO ALONSO.- PTE. DON CARLOS LÓPEZ KELLER DON JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ En la ciudad de A Coruña, a veinte de enero de dos mil cinco.
En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02 /0004999 /20 01 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por la DIRECCION000 , representado por Dña. EVA MARÍA FERNANDEZ DIEGUEZ y dirigido por Dña. MARÍA DEL PILAR CORTIZO MELLA, contra desestimación presunta de la reclamación de 25 -10 -00, sobre responsabilidad patrimonial por daños a consecuencia del taponamiento y atasque de los sumideros de desagüe de pluviales en la carreterera de Guísamo a Cambre; Expt. RD/113 /2000 . Es parte como demandada CONSELLERÍA POLÍTICA TERRITORIAL, O. P. Y VIVIENDA representada y dirigida por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA. La cuantía del recurso es indeterminada.
Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.
Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.
Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día trece de enero de 2005.
En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ.
El presente recurso se dirige contra desestimación presunta de la reclamación de 25- 10-00, sobre responsabilidad patrimonial por daños a consecuencia del taponamiento y atasque de los sumideros de desagüe de pluviales en la carreterera de Guísamo a Cambre; Expt. RD/113 /2000 .
Para que prospere la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada contra la Administración es preciso que concurran los siguientes...
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