Acta notarial de exceso de cabida de finca procedente de segregación. Dudas de identidad

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Se plantea si puede inscribirse un exceso de cabida más o menos del 15% sobre una finca urbana procedente de una segregación en base a las certificaciones técnica y catastral.

La Dirección reitera su doctrina sobre los excesos de cabida y confirma la calificación. Señala que es cierto que las dudas sobre la identidad de la finca han de estar justificadas y que la nota es excesivamente escueta. No obstante, teniendo en cuenta que: las dudas no quedan solventadas por la certificación catastral ya que no es coincidente ni en la medida ni con los linderos que resultan tanto del Registro como de los títulos aportados, en los que por el norte sólo figura la parcela número 20, mientras que en el Catastro consta también como lindero la parcela número 19; que la identificación de la finca ha de producirse siempre en relación con los linderos que constan en el Registro, en especial los fijos que no pueden cambiar, pues de hacerlo estaríamos alterando la realidad física inscrita, lo cual es contrario conceptualmente a la figura del exceso; que constan datos concluyentes para aseverar que la superficie se expresó con exactitud al tiempo de la segregación; que al proceder la finca de una mayor, cualquier aumento de medida que se quiera sostener a posteriori para la porción segregada va, o puede ir, en detrimento directo de la medida del resto de finca matriz (o de las colindantes) y supone desvirtuar la presunción de exactitud de los pronunciamientos registrales tanto en la matriz como en la segregada.

Todo ello hace que...

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